La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó información importante para todos los contribuyentes sobre topes de facturación, límites en transferencias no informadas y categorías vigentes para el monotributo.
El organismo fiscal determinó los montos finales para contribuyentes y advirtió sobre los movimientos permitidos según su esquema.
La información necesaria de ARCA para diciembre 2025.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó información importante para todos los contribuyentes sobre topes de facturación, límites en transferencias no informadas y categorías vigentes para el monotributo.
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En esa línea, el organismo fiscal justificó sus controles en los movimientos de cuentas bancarias o billeteras virtuales. Mientras tanto, reafirmó que la próxima actualización de los valores del monotributo llegará en febrero de 2026.
Tanto para los monotributistas como para los demás contribuyentes de ARCA, el monto máximo para que las transferencias entre billeteras virtuales no sean controladas con el fisco alcanza los $50.000.000 mensuales para personas físicas y los $30.000.000 para las jurídicas.
En caso de exceder dichos límites, el organismo podrá solicitar los siguientes documentos respaldatorios:
La razón más importante por parte de ARCA para imponer estos límites de transferencia es prevenir evasiones y procurar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales. De esta manera, también se aseguran de que todos los movimientos tengan orígenes lícitos y no se trate de intentos de lavado de dinero.
ARCA publicó las escalas vigentes durante diciembre de 2025, con los siguientes límites de facturación anual por categoría del monotributo:
Categoría A: $8.992.597,87
Categoría B: $13.175.201,52
Categoría C: $18.473.166,15
Categoría D: $22.934.610,05
Categoría E: $26.977.793,60
Categoría F: $33.809.379,57
Categoría G: $40.431.835,35
Categoría H: $61.344.853,64
Categoría I: $68.664.410,05
Categoría J: $78.632.948,76
Categoría K: $94.805.682,90
Los montos a abonar en diciembre de 2025 varían según la categoría y el tipo de actividad (servicios o comercio de bienes). Cada cuota incluye el impuesto integrado, el aporte previsional y el componente de obra social:
Categoría A: $37.085,74
Categoría B: $42.216,41
Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)
Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (comercio)
Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (comercio)
Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (comercio)
Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (comercio)
Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (comercio)
Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (comercio)
Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (comercio)
Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (comercio)
Los contribuyentes deben abonar el total de su obligación tributaria antes de la fecha de vencimiento para evitar recargos por mora. El pago puede realizarse a través de los canales digitales de ARCA o en las oficinas
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