11 de diciembre 2020 - 00:00

Autorizan a las casas de cambio

Las casas de cambio podrán abrir sus sucursales únicamente para la compra de divisas, venta de moneda de países limítrofes y arbitrajes con instrumentos habilitados, según una disposición aprobada ayer por el Directorio del Banco Central (BCRA).

De esta manera la autoridad monetaria no habilitó por el momento la venta de dólares a los ahorristas, sino otro tipo de actividades financieras.

En su resolución el BCRA dispuso que los operadores de cambio “deberán dar estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de clientes y trabajadores bancarios y no bancarios, garantizando la provisión al personal de todo material de seguridad e higiene necesario para poder desarrollar su tarea”.

Los protocolos de funcionamiento de las casas operativas ubicadas en jurisdicciones que se encuentren en la etapa de Distanciamiento social, preventivo y obligatorio deberán restringir el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad.

Las casas de cambio cerraron sus puertas poco más de 9 meses atrás con el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) decretado en marzo pasado a raíz de la pandemia de coronavirus. Desde ese momento los empresarios del rubro piden la reapertura.

En el medio, hubo un cambio de normativa -publicado en mayo- que restringió la operación de las casas de cambio a solo dos rubros: turismo y cambios.

Hasta ese momento, se podía combinar la compraventa de divisas con otras actividades pero la nueva regulación terminó con esa alternativa.

Esta norma afectó especialmente a las sociedades de Bolsa (Agentes de Compensación y Liquidación, según su nombre técnico) que tenían su licencia para operar en cambios, lo que les permitía acceder al mercado cambiario oficial y vender divisas a los minoristas.

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