21 de marzo 2006 - 00:00

Avanza Senado con ley que pide CGT

Carlos Tomada
Carlos Tomada
La Comisión de Legislación General del Senado comenzará a analizar hoy la modificación a la Ley de Concursos y Quiebras que permitirá que los juicios laborales contra empresas concursadas pasen a tramitarse ante la Justicia del Trabajo y bajo el mismo juez que entiende en la causa. El proyecto, que fue explicado para alivianar la carga de expedientes en la Justicia Civil y Comercial, pero que es un viejo reclamo de los abogados laboralistas y del sindicalismo, puede complicar a una empresa que intenta acordar con sus acreedores en el concurso y ahora se verá obligada a litigar en el temido fuero laboral.

• Pronto pago

En lo demás, establece el pronto pago para los créditos de trabajadores contra la empresa, por lo que el juez deberá inmediatamente en casos de quiebra disponer los fondos para su pago, y en los concursos establecer un fondo fijo para el pago de los salarios.

El proyecto había sido aprobado por Diputados y girado en segunda revisión al Senado el 22 de febrero, durante las sesiones extraordinarias de este año. Hoy a las 16, los senadores analizarán los cambios introducidos en Diputados junto con la secretaria de Trabajo, Noemí Rial. Seguirá de cerca los eventos el ministro Tomada. También fueron citados el titular de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, Rodolfo Ramírez; y los jueces de la Sala C y E de la misma Cámara, Bindo Caviglione Fraga y Angel Oscar Sala, respectivamente.

• La reforma busca traspasar una gran cantidad de causas del fuero comercial al laboral.

• Además, se incorpora la posibilidad de que el juez ordene de oficio el pago de los créditos laborales de pronto pago que se encuentren en condiciones de ser abonados, al darle una vista obligatoria al síndico en la sentencia de apertura del concurso.

• El síndico deberá, en diez días, hacer un estudio de esos créditos laborales que han sido denunciados y, si cumplen con el requisito de pronto pago, directamente debe ordenar el pago de ese crédito.

• Se asigna, también, en caso de concurso de una empresa, un porcentaje de los ingresos brutos de la concursada para atender a los créditos laborales preconcursales.

• A partir de la apertura del proceso concursal, la empresa deberá pagar con normalidad a sus proveedores, a sus trabajadores, hacer frente a sus obligaciones fiscales, y deberá destinar 1% de su ingreso bruto para hacer efectivo los créditos laborales atendiendo la naturaleza alimentaria de esos procesos, cuando no hay posibilidad de pagar todo junto.

• El síndico, mensualmente, informará al juez la evolución de la empresa y, si hay mayor liquidez, se podrá reliquidar los créditos y pagar más. Si el dinero no alcanza, se pagará el mínimo.

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