El Banco Central estableció una nueva prórroga, hasta el 22 de noviembre de 2020 inclusive, de la suspensión de las actuaciones sumariales cambiarias y financieras.
Prorrogan la suspensión de las actuaciones sumariales cambiarias y financieras
La nueva Resolución Nº 420/2020 declara inhábiles desde el día 9 y hasta el día 22 de noviembre de 2020,ambos inclusive, para este tipo de actuaciones.
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Esto que se resolvió en los términos de las Leyes del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 y de Entidades Financieras N° 21.526, respectivamente es sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan en dicho período por no ser necesaria en ellos la intervención de los encausados.
La nueva Resolución Nº 420/2020 declara inhábiles desde el día 9 y hasta el día 22 de noviembre de 2020,ambos inclusive, para este tipo de actuaciones.
Quedan exceptuados de lo dispuesto y habilitada de oficio la feria extraordinaria, reanudándose los plazos procesales, respecto de:
- Los sumarios financieros instruidos en los términos de la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 en los que se impusieron o se impongan a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución la sanción establecida en el artículo 41 inciso 5 de la mencionada Ley con el alcance mencionado en el punto 7 de la Síntesis de la presente.
- Los sumarios cambiarios instruidos en los términos de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 con conclusión de la causa para definitiva.
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