Las entidades financieras siguen obviamente muy de cerca la decisión de la Corte sobre la constitucionalidad de la pesificación. Puntualmente el eventual freno que se disponga mañana a los amparos de segunda generación (aquellos ahorristas que retiraron sus depósitos en dólares a $ 1,40 más el CER y solicitan la diferencia frente al valor actual del dólar) es más que bienvenido. Es que un porcentaje significativo de los más de $ 200 millones mensuales que se retiran de los bancos vía acciones judiciales, corresponde a los de «nueva generación».
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De todas maneras, resulta útil detallar las consecuencias ante las eventuales disposiciones de la Corte Suprema sobre la cuestión de fondo, que es la pesificación y puntualmente cuál es la actitud en cada caso que tomarán los bancos.
En primer lugar, si la Corte avala la pesificación, el interrogante es lo que ocurre con aquellos ahorristas que en su momento recuperaron los dólares originalmente invertidos vía amparos. Hay que tener en cuenta que los ahorristas, al momento de cobrar esos dólares, eran designados depositarios de los mismos hasta que hubiera sentencia definitiva. Es decir que, si la Corte avala la pesificación, los bancos podrían judicialmente reclamar a los ahorristas la restitución de los dólares cobrados vía amparos, ya que eran depositarios.
Obviamente esto no sucederá, pero los bancos -si la Corte avala sin más aclaraciones la pesificación-, pueden ser objeto a su vez de juicios de sus accionistas (algunos incluso cotizan en bolsa) si a su vez no demandan a los ahorristas que cobraron vía amparos. Por eso es que si la Corte avala la pesificación, al mismo tiempo debe haber un acuerdo del gobierno con bancos para compensarlos por esos amparos pagados o bien un atajo legal que no genere una ola de juicios -son penales por «infidelidad» en la custodiacontra los ahorristas que recuperaron sus dólares originales.
El segundo escenario es prácticamente imposible y es que la Corte avale los depósitos en dólares y vaya contra la pesificación.
Puede ser retroactivo, para los que cobraron BODEN por ejemplo, o sólo aplicable a futuro, para los que aún tienen depósitos reprogramados o Cedros. Pero esto es de una probabilidad de ocurrencia muy reducida.