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La Bolsa deberá expedir un certificado en donde conste el inicio del proceso para que el deudor lo presente ante el juez y se pare automáticamente cualquier medida de quiebra o ejecución forzosa.
El novedoso Programa de Negociación para la Reestructuración Abreviada incluye una cuestión totalmente novedosa para este tipo de arreglos. Específicamente, les brinda un privilegio a los nuevos créditos que recibe la compañía en problemas, que tendrán prioridad de cobro sobre la deuda caída.
De esta forma, los «viejos» acreedores deberán aceptar cobrar recién una vez que lo hayan hecho los nuevos. Se trata, en este caso, de brindarle a la compañía la posibilidad de regenerar su flujo de negocios y volverse nuevamente rentable, a partir de nuevas líneas de crédito que reciba.
Además, también quedarán fijados nuevos procedimientos para evitar que determinados acreedores minoritarios soliciten la quiebra, poniendo bajo riesgo la negociación.
El plazo total que se establece para esta mediación extrajudicial es de 120 días, aunque a mitad de camino la compañía debe brindar un informe detallado sobre el avance de las negociaciones.
Se trata de una suerte de «blindaje» que tendrá la compañía endeudada, que durante ese plazo no podrá sufrir pedidos de quiebra o ejecución forzosa.
Esta nueva legislación, en caso de aprobarse, también impactará sobre los acreedores internacionales. Ocurre que, si un fondo del exterior decide emprender un juicio internacional, que termina en la orden de ejecutar o embargar bienes de la compañía, deberá realizarlo en jurisdicción argentina (salvo que la empresa tenga bienes en el exterior).
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