En cuanto a la consulta vía Internet para precisar la confiabilidad de los proveedores y/o de las facturas que dan lugar a crédito fiscal, cabe señalar que tanto los agentes de retención como los exportadores, actualmente, deben consultar la página Web del organismo ya sea para aplicar una mayor alícuota de IVA en los casos de retenciones como para validar, por parte del auditor, los importes de crédito fiscal cuya devolución se solicite por estar vinculados a exportaciones.
Los más probable es que se extienda esta obligación, particularmente teniendo en cuenta la responsabilidad solidaria -emisor y usuario- que se imputará cuando el crédito fiscal provenga de alguna factura apócrifa.
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