18 de junio 2002 - 00:00

CARTA ENVIADA POR EL BANCO CENTRAL DE URUGUAY AL BANCO DE GALICIA DE BUENOS AIRES (18/06/02)

Montevideo, 18 de junio de 2002



Señor Presidente del
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.
Cr. Juan Martín Etchegoyhen
Buenos Aires República Argentina


De nuestra mayor consideración:

Nos referimos al Plan de Reprogramación de Depósitos y de Negocios, propuesto por Banco Galicia Uruguay S.A. con fecha 10 de junio de 2002, que oportunamente fuera requerido por este Banco Central.


Al respecto, ponemos en su conocimiento que el Directorio de este Instituto, en sesión del día de ayer, acordó hacer saber a usted que la referida propuesta no es satisfactoria por las siguientes razones:


- Resulta exiguo el pago inicial de solamente un 3% de cada crédito. En este aspecto, no puede dejarse de considerar que la falta de disponibilidad para hacer efectivo un pago inmediato mayor, proviene del incumplimiento de las obligaciones de restitución de los depósitos constituidos por Banco de Galicia S.A. en las Sucursales de Gran Cayman y de Nueva York del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., cuya devolución fuera reclamada a su vencimiento -y formalmente intimada-, tanto a las respectivas Sucursales como a la Casa Matriz. A este respecto, nos permitimos señalar que la restitución, al menos parcial, de las sumas depositadas en dichas Sucursales, permitiría mejorar en forma sustancial el pago inicial a cada acreedor.

- El pago a través de títulos emitidos por el propio Banco de Galicia Uruguay S.A., se vería fortalecido como solución viable si las obligaciones que asume Banco Galicia Uruguay S.A., fueran de algún modo respaldadas a través de garantías personales, como la fianza del propio accionista, o reales, como la prenda de los créditos de cuya recuperación depende la posibilidad de cumplimiento de las obligaciones asumidas. La ausencia de una garantía jurídica constituye -a juicio del Banco Central- una falencia que debería ser subsanada.




2.-





Sin perjuicio de lo expresado precedentemente, el Banco Central del Uruguay no se opondrá a cualquier solución de pago de los adeudos que el accionista de Banco Galicia Uruguay S.A. acuerde con sus depositantes, siempre y cuando ese acuerdo cuente con las mayorías legalmente requeridas para adoptar soluciones vinculantes para la totalidad de los acreedores. En este sentido, debe manifestarse que las negociaciones con los depositantes que pueda realizar a tal efecto Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., en su calidad de accionista único de Banco Galicia Uruguay S.A., no comprometerán ni podrán comprometer en modo alguno la opinión del Banco Central del Uruguay, ni la del Interventor designado por éste en sustitución de las autoridades estatutarias de la Institución.


Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente.





César Rodríguez Batlle
           Aureliano Berro Presidente
         Secretario General




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