Cómo impactará el fallo en el público
La decisión de la Corte ayer generó mucha inquietud en el público que tiene pendiente de pago un crédito hipotecario o prendario que fue pesificado hace un año. Lo cierto es que, en primer lugar, el fallo conocido ayer sólo tiene aplicación al caso San Luis, aunque anticipa igual resolución para el resto de los depósitos bancarios. Además, los bancos no están interesados en ello y ni siquiera realizaron presentaciones judiciales. La razón: aun pesificados, los créditos tienen una alta morosidad, por lo que, redolarizados, tendrían una probabilidad de recupero muy baja.
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1. ¿Pueden volver a redolarizarse los créditos hipotecarios o prendarios en dólares?
No hay peligro hoy de que ello suceda. El fallo de la Corte apunta exclusivamente a los depósitos bancarios pesificados y, particularmente, al caso de San Luis. Los bancos no tienen previsto solicitar la redolarización de los préstamos otorgados a la Justicia (que fueron pesificados uno a uno). Además de razones legales, invocan otra principal: hoy tienen problemas para cobrar créditos pesificados, y si se pasan a dólares, el incumplimiento sería casi total. Al menos por el momento, no está en el ánimo de las entidades presentar demandas en ese sentido.
2. ¿Cómo se instrumentaría la redolarización de los depósitos?
Es la discusión que comienza ahora. Los bancos aceptan responder por los depósitos pesificados hasta 1,40 más CER y 2% anual de tasa de interés (lo que hoy equivale a un dólar de 2 pesos). Esto es lo vigente. Proponen que la diferencia que falta para llegar al dólar libre de $ 3,20 de hoy la ponga el Estado a través de un bono. Sin embargo, el gobierno podría obligar a los bancos a devolver también esa diferencia en efectivo, aunque a plazos mucho más prolongados, por lo que, en lugar de tener un bono del Estado, tendrían uno del banco en cuestión.
3. ¿A quién beneficia esta medida?
Hoy, sólo a la provincia de San Luis. Pero anticipa que el fallo se traslade a los ahorristas que mantienen unos $ 18.000 millones en el «corralón», correspondiente a unos 9.000 millones de dólares originales invertidos. De todas formas, para conseguirlo, todos deberían efectuar presentaciones judiciales, ya que la Corte se expide sobre casos particulares y no respecto de cuestiones generales.
4. ¿Qué pasa con los ahorristas que ya retiraron su dinero del banco?
Se supone que aquellos que ya retiraron sus depósitos pesificados voluntariamente no tendrían derecho a reclamar la diferencia con respecto al dólar, pero no es tan simple. Por ejemplo, la provincia de San Luis consiguió un fallo favorable de la Corte, pese a que utilizó casi la totalidad del dinero que tenía pesificado en una cuenta a la vista. Si todos los ahorristas que ya obtuvieron sus fondos reprogramados pueden reclamar los dólares por la diferencia, obviamente el problema (para el sistema financiero y para el Estado) adquiere una dimensión mayor. En este caso, estarían potencialmente en condiciones de reclamar sus fondos quienes retiraron el dinero «con reservas» y las dejaron expresadas por escrito ante la entidad bancaria. Esto es lo que hizo San Luis cuando decidió disponer del ahorro pesificado que tenía en el Banco Nación.
5. ¿Cómo afecta a los ahorristas que ya aceptaron recibir BODEN a cambio de sus depósitos reprogramados?
Los que aceptaron los bonos en dólares que se ofrecían tanto en el Canje I como en el II, todavía en marcha, debían firmar un compromiso de renunciar a cualquier tipo de demanda contra el Estado por la pesificación. Por lo tanto, deberán mantener los BODEN en su poder o, si desean, también pueden salir a venderlos en el mercado. El BODEN 2012 cotiza a u$s 45,50, lo que implica una pérdida de 55,5% respecto de los dólares originalmente depositados si decide venderlos hoy en el mercado. Eventualmente, para pagar a ahorristas, igual se descuenta que se haga con un BODEN, por lo que la situación no cambiaría.
6. ¿Cuánto tiempo puede pasar para que el fallo de la Corte sobre el caso San Luis se aplique a ahorristas?
La posibilidad, según aseguraron ayer en Tribunales, es que la Corte se abocará ahora a resolver el «caso Beratz». Se trata de una ahorrista que solicitó la redolarización de su depósito bancario y se convirtió en la primera que consiguió llegar hasta la Corte (en noviembre pasado). En caso de producirse este fallo, sentará un precedente contundente para los ahorristas que reclaman. Pero todo depende de cómo continúen las negociaciones políticas, porque la idea del gobierno es que este fallo dirigido directamente a un ahorrista se postergue lo máximo posible.
7. ¿Es un bono compulsivo a otorgar a los ahorristas la única alternativa posible para el gobierno?
Existen distintas posibilidades para compensar a los ahorristas que hoy cobran sus depósitos pesificados a 1,40 más CER y la tasa de interés. Esto implica que pueden cobrar $ 2 por cada dólar depositado. La diferencia para llegar hasta $ 3,20 es la que deberá ser compensada. Una posibilidad es cubrir la brecha con un bono en dólares, pero habría que determinar si es a diez años. Otra alternativa es que sean los propios bancos los que paguen, pero en cuotas, la diferencia a los ahorristas. En el caso de San Luis, la Corte ordena que haya un arreglo entre partes, dentro de los 60 días corridos desde ayer, por lo que la decisión seguramente la tomará el próximo gobierno.
8. ¿Qué pasará con los que tienen presentado ya un amparo ante la Justicia?
Tendrán mayores probabilidades de cobro y en menor plazo, lo que representa un inconveniente para la liquidez de los bancos. Muchos jueces otorgaron amparos por sólo 50% del depósito, a la espera de un fallo judicial firme. Ahora que la Corte consideró inconstitucional la pesificación, tendrán más posibilidades de cobrar la totalidad del depósito, tanto los que fueron beneficiados con medidas cautelares parciales como aquellos que hicieron su presentación, pero que aún no tuvieron respuesta. Los jueces de la Corte consideraron «idóneo» el mecanismo del amparo para solicitar la redolarización, ya que se va contra un decreto.
9. ¿En qué situación están los que ya optaron por BODEN o Letras de los bancos?
Si optaron por los bonos en dólares del gobierno (los BODEN), no tendrían nuevas alternativas, porque ya eligieron. En cambio, si para recuperar los depósitos en dólares eligieron la Letra que ofrecía el banco, pueden tener la posibilidad de arrepentirse. Algunos bancos que descongelaron el «corralón», por ejemplo, les ofrecieron a sus clientes devolver ese título para recuperar los pesos que tenían «acorralados» inicialmente.
10. ¿Se extenderá la decisión de la Corte a los contratos y préstamos extrabancarios, como los otorgados a través de escribanías?
El fallo sólo remite a los depósitos bancarios. No se mete con otras medidas pesificadoras que fueron dispuestas en el Decreto 214/02, ya que sólo consideró inconstitucional el artículo 2º, el cual disponía que «todos los depósitos en dólares serán convertidos a $ 1,40 por cada dólar». Por lo tanto, en otros contratos o créditos otorgados fuera del sistema financiero todo sigue como hasta ahora. Esto significa que deudor y acreedor privado deben ponerse de acuerdo sobre la forma de pago y la moneda para cumplir con el compromiso. Ya hubo muchísimos acuerdos entre partes (sin intervención judicial), pero también otros en los que no se llegó a una resolución y continúan en litigio.
Aquellos destinados a viviendas que habían sido pactados en dólares y fueron pesificados uno a uno en febrero de 2002 no sufrirían cambios. Los alquileres pactados luego de esa fecha se respetan tal como fueron realizados. Muchos se pactaron en dólares y seguirán en esa condición, y otros en pesos, generalmente con incrementos escalonados o cláusulas de ajuste referenciadas a productos nominados en dólares (como materias primas). Los alquileres comerciales pactados con anterioridad a la pesificación siguen con el mismo esquema actual: las partes deben acordar la forma de pago, ya que no fueron pesificados.
El fallo no se refiere particularmente a este tema, pero abre la puerta para que en el futuro también sean redolarizados los bonos emitidos por el gobierno. La pesificación de estos instrumentos fue definida en el Decreto 471/02. Pero ya existen sentencias favorables a favor de particulares que consiguieron la redolarización de sus préstamos garantizados (bonos sin cotización emitidos por el gobierno). También los fondos de pensión (AFJP) presentaron masivamente recursos de amparo para conseguir que sus tenencias de préstamos garantizados, que se convirtieron a $ 1,40 más CER, vuelvan a cotizarse en dólares. Se espera una catarata de nuevas demandas de tenedores de bonos (tanto individuos como grandes inversores) en las próximas semanas.
Sin duda, le conviene quedarse con el depósito reprogramado y luego definir qué pasos seguir. Veamos un ejemplo. Un depósito de u$s 10.000 originales se transformó en unos 20.000 pesos. Considerando la cotización del dólar actual ($ 3,20), ese depósito del «corralón» podría utilizarse para comprar unos 6.250 dólares. Esto implica que la pérdida respecto del monto original llega a 37,5%. Los BODEN 2012, por su parte, cotizan a $ 146, que traducido a dólares implica un valor de u$s 45,60. De esta forma, la pérdida por comprar estos bonos y luego venderlos en el mercado asciende a casi 54,5%. Puede ser atractivo, en cambio, para aquellos que están dispuestos a esperar mucho tiempo para recuperar los dólares y asumir riesgo pleno del Estado.
Si finalmente tienen que responder con la devolución de dólares ante los ahorristas, tendrán nuevas pérdidas en sus balances. Este efecto ya lo vienen sufriendo desde 2002, con la gran cantidad de amparos pagados a los ahorristas que recuperaron sus depósitos originalmente depositados al tipo de cambio libre. Ante la incertidumbre, es probable que mantengan una situación de cautela y que cuiden la liquidez conseguida en los últimos meses. En caso de sufrir nuevas pérdidas por la redolarización de depósitos, exigirán nuevas compensaciones del Estado, que debería emitir bonos para cubrir los baches.




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