Confirmado: gobierno logra "más ricos" por inflación
Pareciera que, pese a la devaluación y al derrumbe de 12% del PBI en 2002, para el gobierno creció el patrimonio de los argentinos. Esto, porque el ministro Lavagna mantuvo como piso para empezar a pagar el impuesto a la riqueza tener más de $ 102.300. No sólo esto: aumentó los valores teóricos de los activos -autos e inmuebles-que se deben tomar para hacer las presentaciones a la AFIP por encima de los que existen en el mercado. Conclusión: personas que nunca pagaron Bienes Personales deberán hacerlo desde abril, pese a que el total de sus activos diste mucho de ser un monto significativo. Así serían cerca de 300.000 los nuevos "ricos" para el gobierno.
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La clave de este virtual «impuestazo» es el aumento de los precios que generó la inflación, fundamentalmente en tres ítem: los vehículos, inmuebles y las tenencias de activos en dólares.
En el primer caso, y como se toman los datos que le envía al organismo recaudador la Cámara del Comercio Automotor, se consideran los incrementos porcentuales más altos, ya que unidades de fabricación nacional tuvieron subas de hasta 160% según el modelo. Cuanto más cara es la unidad, más importante es la diferencia porcentual con respecto a 2001.
•Tercer factor
El crecimiento en los valores más importantes se da en los vehículos importados, ya que en la mayoría de los casos se toman precios en dólares. De esta manera un vehículo que cuesta aproximadamente 50.000 dólares, y que hasta el ejercicio 2001 se tomaba a 1 peso -1 dólar, para la presentación de 2002 el precio crece hasta los 168.500 pesos, ya que el costo del dólar que debe tomarse para las valuaciones en de 3,37 pesos.
También es importante el alza en la valuación en pesos de los inmuebles, fundamentalmente desde diciembre de 2001 a diciembre de 2002. En las unidades de valor medio y alto, el valor en moneda nacional subió en un promedio de 50% aunque haya bajado en dólares, tomando los valores de la Capital Federal. El porcentaje se incrementa aun más cuando se trata de campos y grandes lotes.
El tercer factor que hará subir la recaudación de este impuesto es que también por la devaluación la tenencia de moneda extranjera, que durante la convertibilidad tomaba al valor del dólar como un peso, ahora deberá computarse a 3,37 pesos por cada unidad de la moneda norteamericana. Este ítem es el más evadido de la Argentina. Sin embargo, la AFIP tiene los datos de los depósitos en el exterior declarados hasta 2001 y los de todos los beneficiados por los amparos que los jueces dieron en 2002 a los tenedores de dólares. Se sabe que el organismo recaudador está esperando que estos contribuyentes presenten sus declaraciones juradas para saber si blanquean este dinero. En total, calcula la AFIP que hay en esta situación más de 2.000 millones de dólares. El tributo a la riqueza deben pagarlo todos los contribuyentes con bienes superiores a los 102.300 pesos. Entre esta cifra y los 200.000 pesos la alícuota es de 0,5%, mientras que por encima de ese número el porcentaje pasa a ser de 0,75%. Las principales características del impuesto que deberán tener en cuenta los contribuyentes en el momento de calcular si deben pagarlo o no son las siguientes:
•plain ¿Qué bienes deben tomarse? Se incluyen los inmuebles en todas sus características (casas, departamentos, quintas, barrios privados, etc.), vehículos (autos, camiones, camionetas, motos, lanchas, barcos, aviones), activos financieros (depósitos a plazos o a la vista en cualquier moneda, títulos públicos, acciones de cotización pública, obligaciones negociables, etc.), joyas, antigüedades y obras de arte y los artículos y muebles para el hogar.
• Valuaciones. Cada tipo de bien tiene su propio criterio de valuación. Para los inmuebles hay dos formas aceptadas por la AFIP: el precio de compra del bien menos 2% de amortización anual, o la valuación fiscal. El contribuyente debe tomar el valor que sea mayor. En caso de que la vivienda tenga un crédito hipotecario, se paga sólo por el porcentaje de la unidad que ya está pago.
Los vehículos directamente toman su valor de la RG 1.447 presentada ayer. Si los vehículos se tomaron con créditos prendarios, igual se calculan sobre la totalidad del valor.
En los artículos para el hogar el contribuyente debe optar por el mayor precio entre dos posiciones: si sabe su precio, el valor de compra, o calcular 5% del total de los bienes declarados. Las tenencias financieras se toman según el valor al 31 de diciembre de 2002; mientras que las joyas y los artículos de arte deben calcularse con un tasador o por el valor de compra (el que sea mayor).




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