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4 de abril 2003 - 00:00

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Creemos entender que una equivocación de las que suelen suceder, como en las fechas, algún número o letra que el cajero considere como dudosa, o bien el diferimiento de firma con la que se tiene en las fichas: está dentro de la posibilidad de un rechazo y multa. Pero, peor todavía, porque está a las claras que esto se vuelve a legislar a modo de un


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