Se abre un nuevo capitulo en la lucha por la suba de tarifas de gas: ahora la Defensoría del Pueblo de la Nación informó que apeló la resolución que había rechazado una medida cautelar para evitar el incremento en las tarifas, para todos aquellos consumidores que superen los 1.000 metros cúbicos.
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El Ombudsman apeló la resolución de la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Alicia de Negre, quien había avalado los aumentos dispuestos por el Gobierno Nacional en las tarifas del servicio de gas.
En su presentación, la Defensoría criticó los argumentos de la jueza, quien había alegado que no existe inminencia de cortes en el suministro como para hacer lugar a una medida cautelar, la cual impone celeridad, y que por el contrario el expediente debe tramitar "por las vías pertinentes".
"Olvida la Señora Juez que debido a los siderales aumentos (hasta un 360%) los usuarios no podrán abonar sus facturas y, en consecuencia, el servicio les será cortado, conforme surge de las potestades que le otorga el Decreto N° 2255/92", replicó la Defensoría en la apelación.
"Los aumentos, por su envergadura, importan que los usuarios jamás podrán hacer frente a esa nueva facturación. Entonces ¿qué sentido tiene esperar que la empresa envíe las intimaciones de corte, en lugar de resguardar y proteger a los usuarios, frente a un servicio público tan esencial como es el del gas?", añadieron.
Además, en cuanto al argumento de que los usuarios recuperarán el dinero de más en caso que la demanda prospere, la Defensoría lo calificó como un "razonamiento utópico porque la población carece de dinero para solventar un aumento de hasta el 360%".
"También olvida la Señora Juez los severos momentos de crisis económica que atraviesa actualmente nuestro país al afirmar que los usuarios podrán pagar el cargo tarifario y luego recuperar los montos doblados", remarcó la Defensoría.
Por último, advirtió que "sí existe peligro en la demora de pago de las facturas del gas, pues el dinero que los usuarios destinarán al pago del cargo tarifario bien podrá utilizarse en la compra de alimentos o destinarlo a cualquier otra necesidad básica para el mantenimiento de la familia".
La semana pasada, la jueza de Negre había denegado la medida cautelar, al considerar -sin expedirse sobre la cuestión de fondo- que la demanda debía cursar como un trámite ordinario puesto que no existe peligro de corte del suministro.
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