30 de diciembre 2005 - 00:00

Dispuso juez no retener impuesto a un empleado

La Justicia federal de Resistencia dispuso ayer que el Banco del Chaco no retenga dinero en concepto de Impuesto a las Ganancias a un empleado cuyo sueldo es superior a $ 2.200 mensuales y que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se abstenga de ordenar la retención de los montos que indica la ley.

El fallo fue dictado por el juez federal Carlos Skidelsky, quien consideró que la falta de actualización de los mínimos no imponibles por parte del Estado nacional provoca que «sujetos sin capacidad contributiva queden alcanzados» por el tributo.

Se trata de una medida cautelar solicitada por un empleado de una entidad financiera afectado por la «falta de actualización» del mínimo no imponible en ese tributo ante los aumentos de los sueldos que se dispusieron para contrarrestar los efectos de la inflación y el alcance está limitado a este caso puntual.

Según Wannesson, los mínimos imponibles permanecen fijos desde 1998 y la «falta de actualización es una preocupación mayor entre muchas empresas y también de contribuyentes asalariados que hasta ahora no habían sido afectados por el tributo y han comenzado a serlo» a partir de los aumentos de salarios.

En su presentación, el abogado señaló que en todo el país hay «más de 500 mil trabajadores en relación de dependencia alcanzados por el impuesto, de los cuales 200 mil se sumaron desde la devaluación hasta la fecha». «Pareciera ser que toda esta gente ahora esta ganando más y tiene un poder adquisitivo mayor pero las mejoras salariales que recibieron los trabajadores después de la devaluación fueron menores a la suba de los precios», sostuvo la presentación ante la Justicia federal.

Sobre este tema hablaron con este diario los tributaristas Leonel Massad, profesor emérito de la Universidad de Buenos Aires, y Félix José Rolando, ex asesor del Ministerio de Economía. También opinó Guillermo Fernández, tributarista del Consejo Nacional de Ciencias Económicas.

Estas fueron las principales declaraciones de los especialistas
:

LEONEL MASSAD

El fallo es un disparate. Los jueces deben aplicar la ley que el Poder Legislativo ordena. En Brasil, por ejemplo, hubo un caso en el que un contribuyente llegó a la Corte Suprema reclamando por equidad y justicia y el mismo Poder Judicial le respondió que la «equidad y la justicia» hay que reclamarlas en el Parlamento. «Acá (Poder Ejecutivo) se aplica la ley», y lo condenó a pagar.

• La resolución no sienta precedentes definitivos, ya que seguramente el Fisco apelará ante la Cámara Federal correspondiente. Además los fallos sobre Ganancias no se pueden universalizar.

• Tenemos que cuidar los recursos básicos (como el Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado) porque en el mediano plazo se tendrá que prescindir de los impuestos distorsivos como el impuesto al cheque y las retenciones a las exportaciones,que hoy son clave en la recaudación.

GUILLERMO FERNANDEZ

• La medida interfiere en la política salarial, fundamentalmente por la forma en la que se liquida el impuesto.

Una muy buena parte del aumento salarial termina siendo absorbido por el impuesto en lugar de engrosar el bolsillo de los trabajadores.

• La interpretación del fallo es controvertida, pero la realidad de fondo es cierta, se está afectando a sectores que antes no eran alcanzados por este tributo.

FELIX JOSE ROLANDO

• El fallo no deja de ser un pronunciamiento que tiene un mensaje político. El gobierno y los legisladores tienen pendientes el debate de la « actualización de los mínimos imponibles», pero retardan su tratamiento para resguardar el superávit fiscal.

• La medida es positiva en tanto que resguarda el principio de «capacidad contributiva», que establece que deben pagar aquellos que más capacidad económica tienen para hacer frente a los impuestos.

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