El Banco Central aprobó normas para proteger a usuarios financieros
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Las entidades alcanzadas deberán informar en sus páginas web y en sus sucursales la existencia del servicio de atención al usuario, así como el nombre del responsable del servicio y las alternativas para contactarlo.
Además, los usuarios podrán recurrir al BCRA ante la falta de respuesta satisfactoria por parte de las entidades a sus presentaciones o reclamos.
Por separado, la normativa aprobada establece la obligatoriedad para las entidades alcanzadas de facilitar el acceso y la atención en las casas operativas de personas con movilidad reducida, así como proveer servicios en cajeros automáticos a personas con dificultades visuales.
Asimismo, se estableció la obligación para las entidades financieras de publicar en sus páginas de internet todos los costos, cargos, gastos, seguros, comisiones, tasas de interés y todo otro concepto que se cobre a los usuarios por los diferentes servicios y productos que comercialicen.
También se fijó la obligación para las entidades financieras de comunicar al BCRA, con 90 días de antelación, las comisiones y cargos de servicios y productos y sus eventuales modificaciones.
El incumplimiento de las normas antes mencionadas derivará en la aplicación de las sanciones previstas en la ley de entidades financieras.
"La normativa aprobada por el Directorio se adecúa a los términos de la nueva Carta Orgánica del BCRA y afianza el protagonismo activo de este organismo en la defensa de los intereses de los usuarios de servicios financieros", dijo el comunicado.
El año pasado, tras la aprobación de la nueva Carta Orgánica, el BCRA creó un área especializada en la defensa de los consumidores y usuarios de servicios financieros, que tendrá especial intervención en la aplicación de las normas aprobadas por el directorio.




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