Empresas tendrán 120 días para evitar la ejecución
El Ministerio de Justicia tiene prácticamente terminados dos proyectos que les darán una nueva instancia de mediación extrajudicial a empresas e individuos para renegociar deudas vencidas. En el caso de las grandes compañías que tengan más de veinte empleados, se aplicará un esquema denominado Programa de Negociación para Reestructuración Abreviada, que les da 120 días adicionales para negociar antes de llegar a instancias judiciales. Los acreedores deben aceptar obligatoriamente esta nueva instancia si es solicitada por el deudor moroso. Se trata de una iniciativa razonable, que fundamentalmente toma en cuenta la complicada situación de las numerosas compañías de la Argentina, a causa de sus pesadas deudas. Además, se establecen límites estrictos a la negociación para evitar abusos de los deudores que sólo buscan ganar tiempo. Cuenta con el aval del FMI, que incluyó el tema en la última carta de intención. Los pequeños deudores, incluyendo individuos y PyMEs, tendrán también una nueva instancia extrajudicial, pero sólo contarán con 60 días para finalizar las negociaciones. Mientras dure la mediación, quedan suspendidas las medidas de quiebra o ejecución forzosa del deudor, que de esta forma tendrá un blindaje que le proporcionará algo de aire.
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• Características
En forma resumida, éstas son las características principales del proyecto que fija la mediación obligatoria para pequeños deudores:
• Están comprendidos en este procedimiento individuos y empresas «que se encuentren en cesación de pagos o tengan dificultades económicas o financieras de carácter general», según determina el proyecto. La condición es que el pasivo sea inferior a los 15.000 pesos argentinos oro, equivalente a $ 4,5 millones, según la cotización actual.
• La idea es que deudor y acreedor se pongan de acuerdo respecto de un nuevo esquema para el pago de la deuda, que puede incluir quitas de capital, alargamiento de plazos, reducciones de tasa de interés, etcétera.
• Se trata de un paso previo a cualquier acción judicial por parte del acreedor. El deudor tampoco puede pedir su concurso preventivo o solicitar la declaración de su propia quiebra mientras dure la mediación.
• Una vez que se presenta toda la información requerida, comienzan las mediaciones. El deudor debe concurrir a las audiencias personalmente y con asistencia de un abogado patrocinante. El mediador debe establecer si las audiencias las realiza en forma conjunta, con todos o parte de los acreedores, o en forma individual con cada uno de ellos.
• Si las negociaciones llegan a buen término, el juez dará veinte días al deudor para que presente una propuesta definitiva de acuerdo preventivo, junto con la conformidad de los acreedores.
• Para renegociar la deuda, es necesario que el deudor consiga la aprobación de 51% de los acreedores, que representen no menos de 66% del capital en cuestión.




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