El organismo precisó que la extensión abarcará a los beneficiarios que hayan agotado en forma regular los primeros seis meses de la asignación, en un plazo de 60 días, y que no hayan cometido infracciones o suspensiones voluntarias.
La medida regirá sólo para aquellos que hayan percibido la última cuota de su Prestación por Desempleo después del 1 de enero de este año. El trámite deberá ser realizado personalmente dentro de los 60 días corridos posteriores a la fecha de cobro de la última cuota otorgada.
El monto de estas 6 cuotas mensuales no varía durante la duración de la prestación.
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