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Quienes hayan presentado los formularios a su empleador antes del 28 de febrero pasado según la metodología anterior no deberán realizar este trámite. La presentación tendrá que hacerse en los bancos que están autorizados por la AFIP, los que entregarán un recibo al empleado, que dentro de los cinco días después de realizado el trámite deberá dar la fotocopia a su empleador.



