14 de mayo 2003 - 00:00

Gobierno sólo licitó 22% de deuda a proveedores

El Gobierno estableció una quita de 20 por ciento en el tramo mayorista, mientras que el minorista quedó desierto al no recibirse ofertas de los acreedores en la sexta licitación del proceso de consolidación de la deuda del Estado a diciembre de 2001.

El mecanismo ideado por Economía sigue sin despertar el interés de los acreedores y es la segunda vez consecutiva que no se presentan propuestas en el tramo minorista.

Mediante un comunicado, la cartera económica informó que en el tramo mayorista se recibieron dos ofertas por un monto de 58.332.335 pesos.

La quita de corte para el tramo mayorista fue fijada en 20 por ciento preadjudicándose Bono de Consolidación 4 Serie 2 por ciento por un monto de valor nominal de $ 46.665.868.

De esta manera, queda un cupo remanente a ser licitado de 163.297.513 pesos.

Según se precisó, la séptima licitación se realizará el próximo 23 de mayo y de ese cupo se asignará un 70 por ciento para los oferentes mayoristas, y un 30 por ciento para los minoristas.

La oferta máxima para el sector mayorista será de 22.861.651,82 pesos, manteniéndose en 1.000.000 pesos la del tramo minorista.

El ganador de la licitación es el acreedor del Estado que presente en su oferta una mayor quita sobre la deuda existente.

Las ofertas que se presentan a la licitación deben contener los siguientes puntos: monto en pesos de la deuda a certificar; porcentaje de descuento (quita) sobre el monto especificado que el oferente estará dispuesto a aceptar contra la entrega del Bono de Consolidación 4 serie 2 por ciento, el cual será entregado a su valor nominal; número de CUIT o CUIL; y nombre o razón social del acreedor.

Hace dos semanas, el Ministerio de Economía lanzó un mecanismo por el cual reintegrará a los proveedores del Estado hasta el 90 por ciento de la quita que aceptan sobre el monto de la deuda en Bonos de Consolidación (Bocones).

Pero la implementación de este beneficio está condicionada a que los acreedores se comprometan a realizar planes de inversión destinado a actividades productivas por un monto equivalente a tres veces la deuda a su favor.

El reintegro deberá efectuarse dentro del plazo de 60 d¡as posteriores a la fecha de la licitación.

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