8 de octubre 2008 - 00:00

Imperioso: aumentar la garantía a ahorristas

Mientras el mundo se mueve velozmente, incrementando la garantía de los depósitos a ahorristas, en la Argentina se la mantiene sin cambios desde 1998. Hoy la plaza local no presenta una situación dramática, pero ¿qué mejor que anticiparse a los hechos? Precisamente lo que se les critica a los funcionarios de países desarrollados es que toman medidas cada vez que la crisis se acrecienta. El monto sólo cubre $ 30.000 por persona. Y, además, deben ser por colocaciones a tasas menores que las de referencia que publica el Banco Central. Hay que actualizar valores. Quizás hay quienes sostengan que subir la garantía, en un momento como el que atraviesa el mundo, puede generar el efecto contrario. No sería así y claramente peor sería postergar más la medida. En Europa, ayer, tras un largo cabildeo, se anunció que la garantía llegará a los 50.000 euros. Fue tras una larga puja entre los países miembro. Estados Unidos la subió y se guardó la posibilidad de repetir la medida.

Imperioso: aumentar la garantía a ahorristas
Mientras que los países de la Unión Europea aumentaron la garantía de depósitos desde 20.000 euros a 50.000 euros (y otros como Irlanda, Grecia, Suecia, Dinamarca, Alemania, Austria, Portugal y España ya implementaron un incremento similar), en la Argentina los ahorristas recibirán, en caso de liquidación de un banco, $ 30.000 como monto máximo por sus depósitos.

La cifra de esta garantía (de $ 30.000 por persona o su equivalente en moneda extranjera) permanece constante desde hace más de 10 años. Si bien localmente no existen los riesgos que hay en Estados Unidos y en Europa respecto de quiebras de entidades financieras, la inflación de los últimos años hace que el monto resguardado haya perdido vigencia. Así, en términos relativos representa una proporción menor de los ahorros que en 1995, año en el que se creó el Seguro de Depósitos SA (SEDESA), organización que vela por la seguridad de las colocaciones. Es mediante una disposición del Banco Central que se puede aumentar el monto de esta garantía.

El requisito que deben cumplir los depósitos para recibir este resguardo es que los intereses por las operaciones sean los de referencia difundidos por la entidad presidida por Martín Redrado. De esta manera, según el último dato del BCRA (de mediados de agosto de este año), los plazos fijos pactados a una tasa de hasta 12,75% anual están garantizados. Y para los de un plazo superior a 60 días, esa tasa se eleva a 13,50%. Además se incluye a los depósitos en cuenta corriente y caja de ahorro en pesos como en moneda extranjera (ver cuadro).

  • Tope

  • El monto de la cobertura incluye el capital y los intereses devengados hasta la fecha de revocación de la autorización para funcionar de la entidad financiera por parte de BCRA. Los depósitos que sean por valores superiores quedarán también comprendidos pero recibirán sólo este monto como tope.

    Para respaldar las colocaciones, el SEDESA cuenta con un Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) conformado por aportes que hacen los bancos en función del stock de ahorros que reciben. Según los últimos datos, el FGD es hoy de u$s 850 millones, 50% mayor que el alcanzado el año pasado.

    El SEDESA explicita los casos particulares que no se encuentran comprendidos dentro de la garantía:

  • Depósitos pactados a tasas superiores a la de referencia del Central.

  • Plazos fijos transferibles cuya titularidad haya sido adquirida vía endoso, aun cuando el último endosatario sea el depositante original.

  • Imposiciones captadas mediante sistemas que ofrezcan incentivos o estímulos adicionalesa la tasa de interés convenida, cualquiera sea la denominación o forma que adopten (seguros, sorteos, turismo, prestación de servicios, entre otros).

  • Depósitos efectuados por personas vinculadas directa o indirectamente a la entidad.

    Para cuando las cuentas estén a nombre de dos o más personas el límite de garantía será también de $ 30.000 y se deberá distribuir proporcionalmente el monto entre los titulares. Otro caso es aquel en el que una misma persona posea más de una cuenta en el banco que dejó de funcionar: el total garantizado que podrá ser devuelto no podrá superar el límite general de $ 30.000.

    La garantía se hace efectiva 30 días después de la revocación de la autorización para funcionar del banco, siempre y cuando los depositantes cumplan con los requisitos establecidos por el BCRA, que básicamente no son otros que acreditar que son legítimos titulares de los depósitos.

    Desde SEDESA indicaron que, desde el momento de su creación, sólo hubo una liquidación de un banco, pero que en otras decenas de veces intervinieron con aportes o préstamos para asegurar el funcionamiento de las entidades financieras.

    La creación del SEDESA fue dispuesta por el Ejecutivo en 1995 con el objeto de administrar, como fiduciario, el Fondo de Garantía de los Depósitos. Constituyen este organismo el Estado nacional (a través del BCRA) con una acción, mientras que de las restantes 99,9 es propietaria la Caja de Valores.
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