El Gobierno oficializó este martes el Decreto 767/2025, que introduce modificaciones a la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de actualizar montos y simplificar la presentación de información vinculada a operaciones internacionales.
Impuesto a las Ganancias: ARCA simplifica operaciones de importación y exportación menores a $500 millones
Vía decreto, el Poder Ejecutivo modificó la reglamentación de este tributo. La medida eleva los límites para informar operaciones de comercio exterior y ajusta definiciones sobre bienes con cotización y precios de transferencia.
El Gobierno modificó la reglamentación del Impuesto a las Ganancias para operaciones de comercio exterior.
Según la norma, publicada en el Boletín Oficial, los contribuyentes que realicen operaciones por debajo de los $500 millones anuales ya no estarán obligados a suministrar datos a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo podrá incrementar ese monto en función de la evolución de los precios.
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El decreto también ajusta la definición de bienes con cotización, que serán aquellos productos con precios de referencia públicos y verificables en mercados transparentes, bolsas de comercio o índices reconocidos a nivel nacional o internacional.
Además, se establecen nuevas pautas para la declaración de exportaciones de bienes con cotización, incluyendo información sobre contratos, compradores, precios, medios de transporte y condiciones de venta. Estas operaciones deberán ser registradas electrónicamente en un plazo máximo de 60 días desde la fecha de embarque.
El texto precisa que las operaciones de exportación que no cumplan con la presentación de información requerida no serán consideradas válidas a los efectos del artículo 17 de la ley.
Por otro lado, el decreto eleva los límites mínimos a partir de los cuales los contribuyentes deberán presentar declaraciones juradas especiales: $150 millones en operaciones anuales o $15 millones por transacción individual.
Las disposiciones entrarán en vigencia a partir del día siguiente a su publicación y aplicarán para los ejercicios fiscales que cierren desde esa fecha en adelante.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo.




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