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27 de diciembre 2024 - 00:00

Impuestos: vuelven los juicios de ARCA contra contribuyentes y empresas en mora

El 31 de diciembre se termina la tregua otorgada por el organismo. Luego de la puesta en marcha de la moratoria 2024 se estima como poco probable que el organismo prorrogue una vez más el plazo.

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Los contribuyentes que no regularizaron sus deudas con la moratoria, podrán ser embargados desde el 1ro de enero.

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Las empresas y contribuyentes que no regularizaron su situación ante el fisco en el marco de la moratoria implementada este año, quedarán desde los próximos días en la mira de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Es que el 31 de diciembre finaliza el período de tregua por el cual el organismo mantiene suspendidos juicios y ejecuciones contra deudores.

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Por medio de la Resolución 617/2024 del Ministerio de Economía, publicada el 25 de julio pasado en el Boletín Oficial, se oficializó la extensión del beneficio fiscal a ciertos grupos de contribuyentes, principalmente pequeñas y medianas empresas (pymes), algunas personas humanas, entidades sin fines de lucro y ciertos actores del sector salud.

La ex titular de la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) Florencia Misrahi, había dispuesto entonces mantener el período de gracia, que ya venía desde el anterior gobierno, como producto de la crisis económica.

Pero a lo largo del 2024 el Gobierno logró aprobar en el Congreso el Paquete Fiscal que incluía una moratoria fiscal amplia para todos los contribuyentes, de modo de dar tiempo para que regularizaran su situación. En virtud de este antecedente, entre los contadores públicos suponen que hay bajas chances de que Juan Pazo, el nuevo titular de ARCA, conceda una nueva prórroga.

De esa manera, a partir del 1ro de enero de 2025 volverían los juicios y embargos del fisco contra los contribuyentes que se mantienen en mora respecto de sus obligaciones.

Qué deudas están incluidas en la moratoria

La normativa del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, establece que podrán regularizarse las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

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