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7 de noviembre 2014 - 23:14

Justicia autoriza a jubilada italiana a cobrar en euros

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Una jubilada italiana residente en la Argentina fue autorizada por la justicia a percibir en euros la pensión que percibe desde su país de origen, confirmaron fuentes vinculadas a la causa.

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La decisión la tomó la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ante la demanda promovida por la mujer identificada como M.F. para superar las restricciones vigentes en materia cambiaria.

El tribunal resolvió que F. "se encuentra exceptuada de concurrir al Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias que aplique a la compra de billetes en moneda extranjera".

Para conceder la medida cautelar, la Sala III de la Cámara consideró el carácter "alimentario" de la pensión y el perjuicio que podría ocasionarle tener que esperar hasta que se defina el juicio.

Los camaristas Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández evaluaron que el acceso al mercado de cambios "importaría una limitación" al derecho de la jubilada, una mujer de edad "avanzada", según las fuentes consultadas.

De acuerdo a las normas vigentes el dinero en moneda extranjera proveniente del exterior debe ser liquidado en el mercado oficial de cambios.

Luego, el particular puede adquirir divisas extranjeras bajo las condiciones legales vigentes.
El tribunal recordó que "acceder al mercado libre de cambios a los fines de tenencia o atesoramiento se encuentra supeditado a la autorización prevista por la Resolución General 3356/12 AFIP".

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