Los precios del gas licuado de petróleo, que se utiliza en las garrafas de uso doméstico, se mantendrán sin variantes con respecto a los valores del año pasado.
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Así lo estableció la Secretaría de Energía de la Nación, a través de una resolución que fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
Para la Zona I, los precios de referencia al comercio (sin IVA, que para este producto es de 10,5 por ciento) serán de 18 pesos para la garrafa de 10 kilogramos, de 27 pesos para la de 15 kilos y de 96,40 para la de 45 kilos.
Los precios de referencia al usuario -exclusivamente para adquirir en mostrador- serán de 19,80 para el envase de 10 kilos, de 29,70 pesos para el de 15 kilos y de 106 pesos para el de 45 kilos, según la disposición oficial.
La Zona I comprende a la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Salta, San Juan, San Luis, Santiago del Estero, Tucumán y parte de Santa Fe.
Para la Zona II, los precios de referencia al comercio serán de 19 pesos (10 kilos), 28,50 pesos (15 kilos) y 100,90 pesos (45 kilos), y al público, de 20,90 pesos (10 kilos), 31,30 pesos (15 kilos) y 111 pesos (45 kilos).
Esta zona incluye a las provincias de Chaco, Corrientes, Formosa, Misiones y el resto de Santa Fe.
En tanto para la Zona III, integrada por las provincias patagónicas, la resolución detalla una fórmula de cálculo que remite a diversas disposiciones, ya que en ese territorio rigen subsidios que no tienen vigencia en el resto del país.
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