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30 de mayo 2008 - 00:00

Más jueces permiten exportar soja con impuesto anterior

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Mientras las negociaciones con el gobierno continúan con pocos avances desde que empezó el conflicto con el agro hace 79 días, en la Justicia se acumulan nuevos fallos acerca de la imposición de las retenciones móviles. Ayer se conocieron dos nuevas decisiones: una a favor y otra en contra de la medida adoptada el 11 de marzo.

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La Corte Suprema rechazó un amparo de plano y la Justicia Federal de Rosario hizo lugar al pedido de un productor rural de poder exportar soja y pagar 35% en concepto de retenciones, tal como establecía la norma antes de la decisión del gobierno de mediados de marzo. De esta manera, los puntos porcentuales por encima de esa alícuota deberán ser devueltos por la Aduana luego de concretada la exportación. Con esta decisión judicial se retrotrae la situación al momento anterior de la imposición de la Resolución 125 firmada por el ex ministro de Economía Martín Lousteau.

  • Segunda suspensión

  • El fallo en primera instancia de ayer se constituye en el segundo en suspender la aplicación de las retenciones móviles y en ordenar a la Dirección General de Aduanas (DGA), conducida por María Tirabassi, a restituir el porcentaje de retenciones por encima de 35%. Además, a diferencia del fallo «Bollatti» (el primero en obtener el permiso para exportar y pagar sólo 35%), en el caso del productor santafesino Ricardo Lan se intima de forma explícita a la Aduana a devolver el monto que supere esa alícuota.

    Desde Rosario, el abogado de Lan, Fabio Cerutti Sacco, explicó a este diario que estiman que la decisión judicial de ayer se traduzca en un ahorro de $ 280.000, si se toma en cuenta el precio de la soja al 28 de mayo (día del fallo) y las 4.000 toneladas que el productor al que alcanza esta decisión judicial proyecta exportar este año. Además, Cerutti Sacco indicó que seguramente el Estado va a apelar la medida, pero recalcó que «la mera apelación no suspende per se el fallo de ayer. Es necesaria la decisión de segunda instancia (de la Cámara Federal), por lo que, dados los tiempos de la Justicia, seguramente se va a poder vender al exterior hasta la cosecha de 2009 inclusive sin que medien modificaciones».

    Esta demanda había sido presentada el 10 de abril. El expediente solicitaba que se declarara la inconstitucionalidad de la Resolución 125 del Ministerio de Economía, además de identificarla como confiscatoria ya que excede el 33% de presión tributaria permitido por diferentes fallos dictados por la Corte Suprema.

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