25 de mayo 2021 - 00:00

Trabajan en reglamentación del Monotributo: prevén que nuevas categorías estén vigentes en junio

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA pidió a la AFIP que ponga en marcha la ley que establece un régimen intermedio para los de las categorías más altas.

Tapa Fiscales Monotributo
Pixabay

La espera de los monotributistas por la modificación de las categorías del régimen simplificado de este año está por llegar a su fin. Desde junio se espera que entre en vigencia hoy la nueva tabla que contempla un incremento de los topes de facturación del 35.3% para 2021, con retroactividad a enero. Con eso, miles de contribuyentes que no se excluyeron en febrero, marzo y abril a la espera de que apareciera la reglamentación, volverán a estar en orden con el fisco.

“Sabemos que está en las reglamentaciones y aparentemente el 1 de junio publicarían las tablas actualizadas”, dijo la presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, Gabriela Russo, luego que la entidad reiterar un pedido a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se pongan en vigencia los cambios aprobados por el Congreso en abril.

Se trata de la ley que creó un nuevo régimen intermedio que le permite a los monotributistas de las más altas categorías pasar al régimen general de un modo ordenado, que no implique un incremento desmesurado de los impuestos. La ley contempla un régimen “puente” para unos 20.000 contribuyentes que durante el año pasado deberían haber quedado excluidos pero no lo hicieron en función de las medidas para mitigar los efectos de la pandemia. Son los que podrán volver al régimen simplificado si sus ventas no superaron el 25% el tope de la categoría. Y por otro lado, se fija un aumento del 35,3% en las escalas de facturación vigente desde el 1 de enero de este año.

“El que se recategorizó en enero, si su facturación no superó el 25% del límite, va a poder volver. El problema lo tienen los que deberían haber quedado excluido en estos meses. Hay casos de personas que no se excluyeron porque sabían que iba a salir la tabla, a quienes sus clientes le comenzaron a retener el Impuesto a las Ganancias”, explicó Russo. En esos casos, los pequeños contribuyentes han estado acumulando crédito fiscal que la AFIP debería devolver de alguna manera.

En cambio, quienes superaron el 25%, tendrán que pasar al Régimen General, para lo cual se estableció un período de transición con el objetivo de que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA. En este caso, podrán deducir -en el primer año- el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercero.

Asimismo, los "que hubiesen comunicado su exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y solicitado el alta en los tributos del Régimen General de los que resultasen responsables hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que hubiese acaecido la causal de exclusión, en las formas previstas para ello, o que hayan renunciado, en ambos casos, desde el 1° de enero de 2021 y hasta el 21 de abril de 2021, ambas fechas inclusive, podrán optar por adherirse nuevamente al Régimen Simplificado".

En este marco, el Gobierno recordó que mediante la Ley Nº 27.618, que fue promulgada el mes pasado, se dispusieron una serie de medidas de carácter transitorio y otras de vigencia permanente, vinculadas a la permanencia de los sujetos comprendidos en el monotributo.

Además, la ley facultó al Poder Ejecutivo a establecer las modalidades, los plazos y las restantes condiciones necesarias para implementar las disposiciones de esa norma, pudiendo contemplar plazos adicionales a los efectos de considerar situaciones que pudieran haber acaecido con posterioridad al 1° de enero de 2021.

¿Qué abarca el monotributo?

El monotributo tiene dos recategorizaciones anuales, en enero y julio, pero los que están en las últimas categorías deben excluirse en el momento en que su facturación supera el tope. Es el caso de este grupo de contribuyentes que, con los valores de la tabla vieja, deberían haber quedado afuera en febrero, marzo y abril.

Por otro lado, la AFIP tiene que reglamentar el régimen que le permitirá a los monotributistas de las categorías más altas acumular crédito fiscal de IVA y Ganancias en preparación para el momento en que quedarán excluidos. Una resolución establece que desde el 1 de junio los responsables inscriptos deberán adaptar sus sistemas para que cuando facturen a un monotributista discriminen el IVA.

El tributarista Sebastián Domínguez consideró que la situación genera “incertidumbre” entre los contribuyentes. “Hay gente mal categorizada que quizá tenga que pagar un importe menor y están los que quedaron afuera pero se mantienen, que se supone que no van a tener problemas”, señaló Domínguez, quien recordó que “hay un grupo que podría volver al monotributo pero no lo puede hacer porque todavía no están las reglamentaciones”.

Dejá tu comentario

Te puede interesar