11 de noviembre 2002 - 00:00

Nadie cree que haya suba en las tarifas por decreto

La posibilidad de aumentar tarifas de los servicios públicos a través de decretos de necesidad y urgencia se interpreta más como una declaración del ministro Roberto Lavagna para el Fondo Monetario, que como un hecho factible y de rápida instrumentación. Si la Justicia frena las audiencias públicas programadas para la semana próxima por amparos de entidades de consumidores, también parará los decretos. Y, si realmente decidido a subir tarifas, el Ejecutivo va vía per saltum a la Corte, se podría encontrar con una respuesta adversa.

Las empresas privatizadas reaccionaron con escepticismo luego de que el ministro Roberto Lavagna anunció que los aumentos de tarifas podrían resolverse por un decreto de necesidad y urgencia, si la Justicia vuelve a frenar las audiencias públicas convocadas para las tarifas de gas y electricidad a partir del 18 de este mes. Por su parte, el defensor del pueblo, Eduardo Mondino, legisladores y representantes de consumidores dijeron que la «vía del decreto es ilegal porque lo impide la Ley de Emergencia Pública».

Lavagna dijo que, «si no se puede avanzar, se procederá con los decretos de necesidad y urgencia», pero también indicó que esas normas estarán igualmente sujetas a lo que diga la Justicia.

«Desde el principio, nosotros creemos que la posibilidad de aumentar las tarifas depende de la decisión política del gobierno», dijo el vocero de una empresa eléctrica. Agregó: «La forma de hacerlo no tiene importancia para nosotros, lo esencial es que se autorice una suba lo más rápido posible».

En las telefónicas señalaron que «el camino del decreto es posible, pero depende de las condiciones políticas en el Congreso y de la decisión de encarar una controversia rápida en la Justicia, para llegar a la Corte Suprema y que ésta se expida».

• Objetivos

Pero el criterio coincidente en todas las empresas consultadas es que Lavagna intenta en primer lugar dar una respuesta al Fondo sobre este tema, demostrar «voluntad» de aumentar las tarifas. También coincidieron en que «no queda claro si, una vez dictado el decreto, va a utilizar la posibilidad del per saltum o va a dejar que el proceso judicial siga cada una de las etapas, lo que demoraría mucho más tiempo».

Si, además, se trata de decretos de necesidad y urgencia, éstos pueden ser vetados por el Parlamento, si no hay previamente consenso político para la suba de tarifas, y no se sabe si el gobierno tiene condiciones para lograr ese acuerdo, tratándose de un tema de fuerte impacto en el público.

Hay, además, otras dudas sobre el verdadero convencimiento del gobierno de Eduardo Duhalde de aplicar aumentos en las tarifas. Se toma como ejemplo que, desde mediados de junio, circula por los despachos oficiales un proyecto de decreto para aumentar el precio del gas a unas 25-30 empresas que exportan y que tienen contrato directo con las petroleras. Algunas de las eventuales afectadas, como Techint y Loma Negra, reclamaron en público y en privado al gobierno que el decreto no se firmara, y de hecho sigue hoy parado en alguna dependencia.

• Oposición

Se nota, además, una presión contraria al aumento de tarifas en empresas de peso dentro del sector industrial. «Las empresas están notando que si hay tarifa social y aumento moderado para el resto de los residenciales, el aumento va a ser más alto para la industria, por eso presionan sobre Lavagna y sobre Duhalde, aun cuando la mayoría de ellas subió los precios más de 100% y muchas se benefician con la devaluación», admitió una fuente oficial. Por ahora, «ese lobby parece tener mejor llegada al gobierno», reconoció la misma fuente.

Si la Justicia vuelve a frenar las audiencias por gas y electricidad, y el gobierno dicta decretos con los aumentos, pueden plantearse las siguientes situaciones:

• El Parlamento puede vetar los decretos.

• La Justicia puede dictar una medida cautelar de «no innovar» hasta tanto resuelva si los decretos son válidos legalmente.

• El gobierno puede apelar y solicitar que se suspenda el efecto de la medida cautelar hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

• Si la Justicia le otorga el efecto suspensivo, los ajustes de tarifas pueden aplicarse, sujetos a la decisión definitiva de la Corte.

• Si no hay efecto suspensivo, los aumentos no pueden facturarse, y hay que esperar que se expida la cámara de segunda instancia, lo que puede demorar varios meses.

• Tras el fallo de primera instancia, el Ejecutivo puede ir vía per saltum a la Corte.

• Por lo menos para esta Corte, llegue rápido o lento el expediente, la fijación de las tarifas es una decisión del Poder Ejecutivo que no puede ser cuestionada a través de recursos judiciales.

• Pero la posición de la Corte podría ser adversa si no se recorrió el camino de la audiencia pública previsto en la Constitución, o si considera que los decretos se contradicen con la Ley de Emergencia Pública.

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