7 de marzo 2006 - 00:00

Ordena un juez no retener Ganancias a 30 empleados

Hugo Moyano
Hugo Moyano
El juez federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, ordenó ayer a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que suspenda las retenciones que aplica por el Impuesto a las Ganancias sobre los salarios de treinta empleados de la delegación local del ente recaudador.

El magistrado dictó una medida cautelar similar a otra que había efectuado en diciembre de 2005, cuando, por idéntico motivo, benefició a un empleado bancario local, en una instancia que se conoció como el «caso Rufino».

En aquel entonces, dispuso que el Banco del Chaco no retenga dinero en concepto de Ganancias a un empleado cuyo sueldo es superior a 2.200 pesos mensuales, y que la AFIP se abstenga de ordenar la retención de los montos que indica la ley.

En ese momento, justificó la decisión al considerar que la no actualización de los mínimos no imponibles por parte del Estado provoca que «sujetos sin capacidad contributiva queden alcanzados por el Impuesto a las Ganancias a partir de la salida de la convertibilidad».


Ese fallo fue luego apelado por el organismo recaudador, con lo cual la suspensión no fue aplicada y quedó a consideración de la Justicia en segundainstancia. Se supone que la AFIP hará lo mismo hoy, con lo cual se espera en esta repartición que el beneficio no tenga vigencia por ahora.

El fallo conocido ayer se suma a la presión ejercida a mediados de febrero por el jefe de la CGT, Hugo Moyano, que invierte el aumento del mínimo no imponible.

• Ratificación

Lo curioso es que ahora el reclamo, reconocido por el juez, proviene de los propios empleados de la entidad recaudadora. En febrero, el ministro De Vido le pidió a Moyano tiempo hasta fines de abril para encarar las reformas al tributo, que es cuando vence el plazo límite establecido en la Ley de Presupuesto. De todas maneras, cualquier mejora efectiva demoraría hasta el segundo semestre del año, según los planes del gobierno.

En el fallo conocido ayer, Skidelsky ratificó el criterio del «caso Rufino» ante la presentación del patrocinador de los empleados de la entidad recaudadora, el abogado Amaro González Gol. Ahora,
los trabajadores del ente estatal fueron más allá, y a través de su letrado reclamaron también la devolución de lo ya descontado, lo cual no fue concedido por el magistrado.

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