El gobierno se vio obligado a acelerar el pago de sentencias judiciales por juicios que iniciaron jubilados por reajuste de haberes. Ganó 120 días hábiles para cancelar esas deudas antes de un fallo de la Corte Suprema. Para hacerlo, utilizará bonos por más de $ 9.000 millones. Se estima que ése es el monto pendiente de pago hoy desde que la Ley de Solidaridad Previsional puso un freno a esas sentencias. Se apelará a cancelar con deuda que el gobierno rescatará en 2007 o que tiene hoy el Estado. Expectativa en mercados por impacto.
El proyecto que el gobierno hizo aprobar al Congreso para cancelar en 120 días hábiles las sentencias judiciales que beneficiaron a jubilados por reajustes de haberes exigirá desde ahora el armado de una ingeniería financiera para poder cumplir con ese fin. Esos pagos deberán enfrentarse el año próximo, tanto en el caso de las viejas sentencias acumuladas -que suman más de $ 9.000 millones- como las que la Justicia vaya fallando desde ahora.
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Se sabe que será imposible la cancelación en efectivo de esos pagos. La cancelación, entonces, será en bonos, aunque se descartó por ahora la emisión de nuevas series de BOCON previsional. El gobierno, en cambio, entregaría títulos de deuda en posesión de otros organismos públicos. El efecto para el mercado, de todas formas, será el mismo.
El proyecto tenía ya media sanción del Senado y fue aprobado por Diputados con 92 votos a favor y 51 en contra. Básicamente compromete a la ANSeS a abonar esas sentencias en un plazo de 120 días; limita al mismo tiempo la apelación automática del Estado a la Corte Suprema de los fallos que le fueran adversos en casos de reajustes por diferencias de haberes jubilatorios.
Esas sentencias condenatorias inundaron de causas a la Corte Suprema al límite de convertirse en su principal fuente de ingreso de expedientes.
Lo curioso de la iniciativa que obliga al Poder Ejecutivo a pagar esas sentencias es que fue enviada al Congreso por el propio gobierno. Aunque la oposición negó que lo hizo para ganar tiempo al contar desde ahora con 120 días hábiles para hacerlo. Allí se estableció una modificación a la Ley de Solidaridad Previsional que, desde el gobierno de Carlos Menem, establecía que esas sentencias se pagarían sólo hasta el límite fijado por una partida especial del Presupuesto nacional de cada año. Esa partida, además, se distribuía de acuerdo con un orden de prelación que empezaba con los jubilados de mayor edad.
En medio de la discusión en el Congreso, el gobierno sólo impulsó en el Senado una modificación a la forma de computar el plazo. Así, Cristina Fernández de Kirchner pidió que los 120 días a los que se autoobligaba el gobierno fueran contados como hábiles y no corridos.
Ese cambio generó, inclusive, una polémica en el recinto de Diputados cuando la arista María América González adelantó que esa fuerza no acompañaba el proyecto: «El plazo de 120 días es una trampa porque son hábiles no corridos. Esta ley no es en favor sino en detrimento del jubilado».
Lo cierto es que se sabe que el gobierno apeló a apurar una norma que pusiera plazo al pago de sentencias a jubilados ante el «peligro» de que la Corte Suprema forzara una solución.