A través de la Resolución 220/2019 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo publicó la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.
A través de la Resolución 220/2019 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo publicó la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.
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Sobre la elevación del límite en la facturación anual se tomó en consideración las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos. Para el sector de industria, por ejemplo, ahora se considera una microempresa la que facture en promedio durante los últimos años hasta $21.990.000, una pequeña hasta $157.740.000; una mediana tramo 1 hasta $986.080.000 y una mediana tramo dos hasta $1.441.090.000.
Además de actualizar las categorías se incorporan los siguientes parámetros:
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal.
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