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23 de octubre 2024 - 10:33

Régimen Especial de Bienes Personales: cinco claves para el pago anticipado

Con muy poco plazo para el vencimiento, la AFIP publicó la reglamentación de la medida del Gobierno que amplió por una semana el plazo para ingresar al Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales. Sirve para personas que blanquearon bienes.

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La AFIP estableció los pasos para ingresar al Régimen de Bienes Personales. 

La Administración Federa de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la reglamentación que permite la reapertura del Régimen Especial de Bienes Personales (REIBP) para lo que, por efecto de las demoras del propio Gobierno, quedan solo 5 días desde el momento en que decidió la medida y su implementación.

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Se trata de una medida que, no obstante, era esperada por los asesores tributarios para los clientes que habían banqueado bienes y luego tuvieron problemas para sumarlos al régimen y pagar el 75% del impuesto determinado, con lo cual iban a quedar afuera. El nuevo vencimiento es el 28 de octubre para adhesión y el pago del anticipo y tres días después tendrán que pagar el resto.

El primer vencimiento del REIBP operó el 30 de septiembre en coincidencia con la primera etapa del blanqueo, de manera que las personas tenían tiempo hasta ese momento para declarar los fondos blanqueados a su patrimonio y acceder al beneficio de pagar una alícuota del 0,45% por los 5 años anticipados. Luego, se corrieron por un mes los vencimientos de las etapas del blanqueo y, por ello, se tenía que ajustar también el vencimiento para el régimen especial.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, dijo a Ámbito, dijo sobre lo exiguo de los plazos: "Esto es algo que la gente podría haber hecho antes y no lo hizo tal vez por desconocimiento, y no se puede extender más de eso, porque a fin de mes vence la primera etapa del blanqueo. Es positivo que lo hayan hecho porque había mucha gente que había quedado afuera", explicó.

Las cinco claves para el REIBP

A continuación, se detallan cinco claves sobre el pago anticipado de Bienes Personales, elaboradas por Sebastián Domínguez:

¿Quiénes pueden adherir al REIBP en esta oportunidad?

¿Cuál es la nueva fecha límite para optar por el REIBP?

¿Hasta qué fecha se puede realizar el pago inicial del 75% del impuesto?

El pago inicial del 75% del REIBP vence el 28 de octubre de 2024.

¿Cuál es el nuevo vencimiento para el pago del saldo del REIBP y la presentación de la Declaración Jurada?

El pago del saldo del REIBP y la presentación de la Declaración Jurada, como así también el pago de la penalidad por haber ingresado menos del 75% inicial, en caso de corresponder, vencen el 31 de octubre de 2024.

¿Se pueden computar los créditos fiscales, anticipos, pagos a cuenta y saldos a favor de impuestos a cuenta del REIBP?

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