• Para el 15 de marzo próximo vencerá el plazo para las inscripciones. Para esa fecha se deberá pagar 3% del total de la deuda declarada. Este monto se descontará del total adeudado. Luego habrá plazo hasta el 2 de abril de este año para presentar las declaraciones juradas o las liquidaciones de impuestos a regularizar, además de los formularios y aplicativos informáticos que pide la AFIP.
• Las cuotas cuyo vencimiento comience en mayo de 2002 se empezarán a pagar a través de débito automático.
• El formulario que deberá presentarse será el 891. En éste se deberá mencionar el monto total de la deuda, el impuesto que se quiere normalizar y el plan de pagos adoptado.
• La cantidad de cuotas será de un máximo de 9 (abril-diciembre de 2002), con un interés mensual de 1%. El monto mínimo de cada cuota es de 100 pesos.
• Se reglamenta además el aplicativo informático que deberán respetar los contribuyentes.
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