16 de mayo 2001 - 00:00

Regularán funcionamiento de las agencias de empleo

Regularán funcionamiento de las agencias de empleo
La ministra de Trabajo, Patricia Bullrich, presentó ayer la creación de un marco legal para el funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores, con el objeto de ordenar esa actividad y terminar con las estafas reiteradas a las personas que buscan empleo.

Bullrich, acompañada por el titular del Sindicato de Empleados de Comercio (SEC), Armando Cavalieri, explicó las sanciones que les corresponderían a las agencias de colocación que no cumplan con la legislación laboral vigente, estableciendo multas de 250 a 5.000 pesos, según la infracción sea leve, grave o muy grave, por cada trabajador afectado. Pudiéndose establecer la clausura, en caso de reincidencia.

Requisitos

Una vez que sea sancionada la ley, cuyo proyecto ya fue enviado al Congreso de la Nación por el Ministerio de Trabajo, «solamente van a poder ser agencias de colocación las personas físicas y las sociedades amparadas en la Ley
19.550», afirmó la ministra.

Según el Decreto 489/2001 del pasado 26 de abril, «las agencias podrán cobrar un honorario por única vez y sólo cuando les han conseguido un empleo en concepto de retribución y gastos, una suma no superior a 10 por ciento de la primera remuneración mensual bruta convenida entre trabajador y empleador. En este caso la agencia deberá extender por duplicado recibo a favor del trabajador. El arancel se abonará una vez que el trabajador haya percibido su primer sueldo».

El proyecto de ley fue elaborado a partir de presentaciones que hizo el Sindicato de Empleados de Comercio, por denuncias recibidas de trabajadores que resultaban estafados por las presuntas agencias de colocación.
El convenio entre el ministerio y el sindicato de comercio abarcará todas las actividades y la norma legal prevé sanciones con multas y clausuras, tanto a las agencias como a las empresas contratantes. Para
Cavalieri «esto viene a corregir una de las falencias que tienen estas empresas: van a estar obligadas a registrarse en el ministerio y a tener un libro diario de personas que pueden buscar este mecanismo para colocarse en el mercado de trabajo». El dirigente sindical evaluó que la norma legal le va a dar «confianza al futuro trabajador en este medio, al tener más honestidad, mucho más control y aprovechar esta situación para que encuentren un camino para obtener empleo».

El titular del SEC adelantó que «también se está trabajando sobre las agencias temporarias, que deben forman parte de una nueva reglamentación para evitar a los inescrupulosos que aprovechan para defraudar al futuro trabajador»
. Hasta ahora, el Ministerio de Trabajo como autoridad central carecía de un registro de las agencias de empleo que funcionan en el país. Tampoco había requisitos en la constitución de la actividad y no se contaba con una reglamentación respecto de los topes y del momento en que se podían cobrar los honorarios. «Muchas veces llegaba un trabajador, le pedían plata y luego no le conseguían trabajo; es decir, le robaban, y no se contaba con mecanismos legales para sancionar a esa agencia trucha», explicó Bullrich.

Por eso, el proyecto de ley establece que no van a poder ser agencias de colocación las cooperativas y las empresas de servicios eventuales, «esto es fundamentalmente un mecanismo de prevención del fraude»
, sostuvo la ministra.

El Ministerio de Trabajo va a ser la autoridad de aplicación y para eso va a llevar un registro nacional de agencias de colocación. La agencia que no esté inscripta no va a poder funcionar. Bullrich aclaró, además, que el convenio se va a consensuar con el Consejo Federal del Trabajo «para replicar esto en todo el país. Ahí se van a determinar los requisitos que tengan que cumplir, se van a otorgar habilitaciones administrativas y tendrán que contar con la documentación que las acredite como tales». Bullrich afirmó que también «se va a fiscalizar las normativas que regulen estas figuras».

De acuerdo con la normativa las agencias de empleos «tendrán que declarar en qué áreas geográficas van a actuar, acreditar las inscripciones impositivas y de seguridad social y llevar un libro especial e informar sobre los cursos específicos de capacitación que brinden».


También, «se va a reglamentar muy claro el cobro, que será una sola vez, después de que el trabajador haya conseguido el empleo y esté claramente realizando su tarea. Una suma que no podrá ser superior a 10% de la remuneración mensual bruta». Finalmente, las personas que sufran la aplicación de cualquier ilegalidad por parte de una agencia de empleo podrán hacer las respectivas denuncias en los sindicatos o en el Ministerio de Trabajo.

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