Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete dictaminando que el dictado de la presente medida es legalmente viable.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo previsto en la Ley N° 22.415, en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), modificada por las Leyes N° 24.190 y N° 25.233, en la Ley N° 22.792 y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 751 de fecha 8 de marzo de 1974, N° 1011 de fecha 29 de mayo de 1991 y N° 2.275 de fecha 23 de diciembre de 1994.
Dejá tu comentario