Que por la resolución citada en el Visto se ha establecido que el plazo para la presentación de la actualización de la declaración jurada patrimonial integral correspondiente al año 2001 por parte de los funcionarios obligados venza al próximo 31 de mayo de 2002.
Que se ha observado en los últimos días una saturación en los canales de acceso al servidor del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con motivo de la transmisión electrónica de los datos contenidos en las declaraciones juradas patrimoniales integrales.
Que dicha congestión ocasiona dificultades para el cumplimiento del plazo arriba señalado.
Que ello hace aconsejable extender los plazos de presentación a fin de evitar que los funcionarios obligados puedan verse imposibilitados de cumplir con su obligación en tiempo oportuno por motivos ajenos a su voluntad.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N° 164 del 28 de diciembre de 1999.
Por ello,
EL FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO RESUELVE:
Artículo 1° —Prorrógase por quince (15) días hábiles, a partir del 31 de mayo de 2002, el plazo para la presentación de la actualización de la declaración jurada patrimonial integral correspondiente al año 2001 por parte de los funcionarios obligados.
Art. 2° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —José Massoni.
Dejá tu comentario