13 de abril 2021 - 00:00

Ley de Góndolas: los supermercados deberán tener todo adaptado el 12-M

Lo determinó la Secretaría de Comercio Interior a través de la puesta en vigencia del Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista. Estarán alcanzados los establecimientos que facturen más de $16.587 millones al año.

Consumo Gondolas Supermercados Inflacion Lacteos_07-04-2021
Ignacio Petunchi

Los supermercados tendrán tiempo hasta el 12 de mayo para adaptarse a las nuevas regulaciones de la Ley de Góndolas, según lo determinó la Secretaría de Comercio Interior a través de la puesta en vigencia del Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista. Estarán alcanzados los establecimientos que facturen más de $16.587 millones al año.

La Ley de Góndolas establece un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor y exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios.

Por otro lado, las micro y pequeñas empresas deberán contar con al menos un 25% del espacio de venta por cada categoría de productos y las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular, al menos un 5% de espacio.

Con la aprobación del Código, la dependencia a cargo de Paula Español, terminó de definir las reglamentaciones para tornar operativa la norma aprobada a fines del año pasado por el Congreso. Es la Resolución 340/21 que se publicó en el Boletín Oficial. La misma concede 30 días a las empresas para que adapten sus góndolas a las nuevas disposiciones.

Entre otras cuestiones, el nuevo Código plantea que todos los productos deberán exhibirse de manera uniforme en estantes, sin estructuras colgantes que distorsionen la superficie de exhibición. La Secretaría de Comercio informó que “el manual prohíbe expresamente a los comercializadores exigir la entrega de mercadería gratuita o con bonificaciones para su alta de comercialización en los puntos de venta y realizar acuerdos de provisión que le impongan al proveedor seguros o anticipos con condiciones financieras discriminatorias”.

También se señala que “no podrán exhibirse productos de manera tal que induzcan a error o engaño a las y los consumidores respecto al precio, origen y demás características”.

La norma “prohíbe subordinar la compra de un producto o el otorgamiento de ventajas a un proveedor en particular de restringir o vedar su relación comercial con otro comercializador” y anula “cualquier conducta de los proveedores que tienda a intervenir, decidir o establecer condiciones que afecten el normal desenvolvimiento de su competencia”.

En el gobierno entienden que va a ser difícil para los supermercados al principio encontrar pymes que puedan presentar una oferta que les permitan cumplir con el espacio de 25% reservado para el sector en los exhibidores. La falta se puede notar más en el interior del país, confirmaron a Ámbito voceros del sector empresarial.

Sucede que en Argentina el número de pymes dedicadas al rubro de la alimentación no es tan alto en comparación con otros sectores, a la vez que se requieren escalas importantes para atender a la demanda de una gran cadena. Las que estarían más complicadas serían las cadenas de supermercados del interior.

La medida será de cumplimiento obligatorio para las cadenas de retail que facturen desde el equivalente a 300.000.000 de unidades móviles, que cotizan actualmente a $55.29 cada una.

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