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Amenaza oposición con consulta por el 82%
Los jefes de bloque de la UCR, el Partido Socialista, la Coalición Cívica, el Peronismo Federal y el Partido Nuevo darán una conferencia de prensa para anunciar el proyecto. Aseguran que si la consulta resulta positiva con el 30 por ciento del padrón electoral, no podrá ser vetada por Cristina de Kirchner, tal como ocurrió con la ley sancionada en octubre de 2010. La reforma del INDEC, la coparticipación a las provincias y el Régimen Penal Juvenil también están en la agenda opositora.
El plan fue urdido entre el jefe del bloque radical del Senado, Gerardo Morales, y su par socialista Rubén Giustiniani en el Senado, aunque también participaron de las tratativas otros colegas de la oposición, como Adolfo Rodríguez Saá, María Eugenia Estenssoro y Norma Morandini.
«Queremos someter a la voluntad de los ciudadanos esta iniciativa donde, además de la consulta, se establece que el haber mínimo será equivalente al 82 por ciento del Salario Mínimo Vital y Móvil», señaló el presidente del bloque PS en Diputados, Lisandro Viale, quien agregó que «ni los distintos mecanismos legales que pretendieron suplantar el principio de movilidad ni los aumentos jubilatorios decretados por el Ejecutivo nacional entre 2003 y 2007, como tampoco los resultados arrojados por la fórmula de movilidad desde marzo de 2009, han podido recomponer los haberes de uno de los sectores más castigados de nuestra sociedad».
La consulta popular tendría lugar el último domingo del mes subsiguiente al de la sanción de la ley, y se imprimirán y se dispondrán en el cuarto oscuro dos boletas, a saber: la primera boleta deberá llevar la siguiente inscripción: «Sí apruebo la ley que establece el haber mínimo jubilatorio garantizado en un 82 por ciento del Salario Mínimo, Vital y Móvil fijado para los trabajadores activos»; y la segunda boleta deberá llevar la siguiente inscripción: «No apruebo la ley que establece el haber mínimo jubilatorio garantizado en un 82 por ciento del Salario Mínimo, Vital y Móvil fijado para los trabajadores activos».
La consulta popular vinculante convocada se realizará conforme a lo establecido en el artículo 40 de la Constitución nacional, la ley reglamentaria de la Consulta Popular Nº 25.432 y subsidiariamente de acuerdo con las disposiciones de la Ley 19.945 (Código Nacional Electoral) y sus modificatorias. La Justicia electoral nacional será competente en todo lo relativo a la consulta popular.


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