22 de febrero 2017 - 00:18

ART: industria del juicio perjudica a los trabajadores

El pasado 3 de febrero Ámbito Financiero publicó los resultados de un estudio que señalaba que la excesiva judicialización de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales no sería tal, ya que "... en 2015 de 659.041 siniestros registrados se iniciaron 106.021 juicios, lo que demuestra que sólo el 16% de los casos fueron judicializados...". Los datos presentados son correctos, pero la interpretación es equivocada.

De los 659 mil siniestros citados, sólo 64 mil fueron incapacidades permanentes que son las que generan juicio. El resto son incapacidades temporarias, es decir, trabajadores que se recuperan sin secuelas y vuelven a su trabajo. Por lo tanto, la comparación de los 106 mil juicios no es sobre los 659 mil siniestros sino sobre los 64 mil que devienen en incapacidades permanentes.

En esta instancia, cabe otra aclaración. Tampoco es correcto comparar los 106 mil juicios con las 64 mil incapacidades permanentes porque los juicios corresponden a siniestros ocurridos en el año 2015 y anteriores, mientras que las 64 mil incapacidades corresponden sólo a 2015. De aquí que lo recomendable es tomar un período de tiempo para comparar cantidad de juicios e incapacidades permanentes. Haciendo este ejercicio surge que entre los años 2010 y 2015, el total de incapacidades permanentes ocurridas por siniestros laborales en esos 6 años fue de 365 mil y las demandas judiciales generadas por esos siniestros fueron 308 mil. Es decir que es 80% -no el 16%- de las incapacidades generan una demanda judicial contra las ART.

Que 8 de cada 10 incapacidades permanentes de origen laboral se diriman en juicio, lejos de una protección, es un perjuicio para los trabajadores. En primer lugar, porque la indemnización deja de ser oportuna. Con la LRT el pago de la indemnización es automático. Un juicio contra una ART, en cambio, lleva años con costosos procedimientos donde actúan abogados de las partes, peritos, empleados judiciales, papelería, etc. que termina generando enormes sobrecostos a la sociedad. En segundo lugar, porque las ART no son las que pagan los juicios; los juicios los pagan las empresas vía aumentos en las alícuotas del seguro. Así es como muchas empresas están pagando a la ART más que lo que pagan a la obra social para dar atención médica a toda la familia del trabajador. Esto desalienta la creación de empleos, otro perjuicio para los trabajadores y la sociedad.

La protección del trabajador viene con la inmediatez y la automaticidad de las prestaciones. La Justicia debe estar reservada para casos atípicos que ameriten análisis pormenorizado. La masificación de los juicios provoca costosas distorsiones como el colapso de los juzgados, demoras en las prestaciones y altos costos laborales. Los únicos beneficiados son los intermediarios que obtienen suculentos honorarios.

(*) Economista de IDESA

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