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Bs. As.: se la hacen más fácil a los “chicos”
La Corte bonaerense hizo lugar a una medida cautelar que suspendió la aplicación de los incisos «e» del artículo 4 de la ley; «a» y «b» del 5, y 6 en su totalidad. En ellos se obligaba a los partidos a presentar al menos 27 mil avales con sus respectivos DNI para las candidaturas a senadores y diputados provinciales, y unos 23 mil para las de gobernador y vice, con vistas a las elecciones internas abiertas, simultáneas y obligatorias.
En cambio, mantuvo sin cambios el requisito de presentar 200 adherentes para los cargos distritales, es decir intendentes, concejales y consejeros escolares. Sobre este último punto, «no se advierte imposibilidad material para cumplir con las exigencias», señala el fallo.
El máximo tribunal provincial sostuvo que «a fin de garantizar principios fundamentales del derecho electoral, como los de participación y representatividad popular», corresponde «regular los procesos electorales con sentido de oportunidad». Y recomendó a la Junta Electoral tomar en cuenta la resolución adoptada.

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