29 de julio 2010 - 00:00

Cerraron caso contra Pesce por reservas

Claudio Bonadío
Claudio Bonadío
El juez federal Claudio Bonadío archivó la denuncia que los legisladores radicales Gerardo Morales y Ricardo Gil Lavedra presentaron contra el vicepresidente del Banco Central, Miguel Pesce por presunto incumplimiento de deberes de funcionario público, en pleno conflicto por el uso de las reservas para pagar vencimientos de la deuda pública.

La causa fue uno de los coletazos de la polémica que generó el Decreto de Necesidad y Urgencia que creó el Fondo del Bicentenario durante el verano. La medida, suspendida provisoriamente por la Justicia en lo Contencioso Administrativo a raíz de una acción de amparo iniciada por la oposición, desencadenó la salida del entonces presidente del BCRA, Martín Redrado, y una crisis institucional que recién se resolvió a principios de abril, cuando la Cámara permitió el uso de los fondos.

En plena escalada del conflicto, los legisladores radicales denunciaron penalmente a Pesce, por supuestos «actos nulos de nulidad absoluta e insanable» al avanzar sobre lo dispuesto por el DNU y supuestamente violar «disposiciones expresas de la Carta Orgánica» de la entidad, durante su breve interinato al frente del BCRA. También se lo acusó de supuestamente «haber intentado infructuosamente que no se le notificara una decisión judicial en la que se dictara una medida cautelar que suspendía los efectos del mencionado decreto».

Luego de ordenar varias medidas y de que el fiscal dictaminara desestimar la denuncia, Bonadío concluyó que Pesce no había cometido ningún delito. En su fallo, el juez señaló que «los elementos de prueba colectados no permiten dilucidar un actuar ilícito, careciéndose de indicios fácticos y de probanzas que permitan abrir una hipótesis delictiva».

El magistrado recordó además que los decretos de necesidad y urgencia son «obligatorios» y su vigencia «sólo puede ser alterada, modificada o cuestionada por alguno de los poderes públicos ya sea derogándolos, rechazándolos o decretando su invalidez o inconstitucionalidad», que fue justamente lo que planteó la oposición en la acción de amparo iniciada en ese momento.

Por otro lado, Bonadío sostuvo que «la vigencia del decreto 2010, a la fecha 7 de enero de 2010, estaba intacta, viéndose recién suspendida con el dictado de la medida cautelar el 8 de enero del mismo año, es decir un día después del que se dispusiera la transferencia de los fondos». Entre la apertura de la cuenta y la notificación de la medida cautelar pasó menos de una hora, como precisa el juez.

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