- ámbito
- Edición Impresa
Clave para ahorristas: los senderos del juicio buitre contra Argentina
Asimismo, se descuenta que los litigantes presentarán, en lo formal, una respuesta negativa a la propuesta de pago argentina a los fines de "mostrar los dientes" ante la Cámara y lograr un eventual fallo favorable, considerando que de esa manera tendrán mayores herramientas tanto para intentar cobrar o presionar para una negociación, pero es sabido que varios de ellos (así como varios otros holdouts litigantes, pero que no son parte del pleito NML vs. Argentina por la causa del pari passu) en privado opinan que la vía judicial no está dando resultados de cobros concretos y están dispuestos a considerar la aceptación de un nuevo canje en los términos de la propuesta del Gobierno. Aún existe, de todas maneras, una asimetría de información en el sentido de que los más "beligerantes" consideran que tienen posibilidades de cobro mediante la vía judicial. Pero claramente es imposible financieramente para la Argentina afrontar el pago de la totalidad de las sentencias ya que no se trata "sólo" de los u$s 1.330 millones reclamados por NML, Aurelius, Olifant, Blue Angel y 13 tenedores minoristas, sino de más de u$s 20.000 millones en virtud de reclamos similares de otros holdouts si la Argentina pagara dicho reclamo en efectivo.
Luego del fallo, e independientemente de su resultado, con la debida persuasión en cuanto a las imposibilidades de cobro por las razones mencionadas, un nuevo canje podría alcanzar una adhesión del 80% de la deuda en default. Si bien los casos internacionales de cobros de deuda soberana en default sobre la base de juicios contra otros países han sido bastantes (reclamos de fondos especulativos contra Panamá, Perú, Brasil, Costa Rica, Congo, Nicaragua, entre otros) y siempre han terminado con resultados favorables para los demandantes, los montos en discusión han sido reducidos (aproximadamente u$s 200 millones en promedio). Por eso el caso argentino es único en este sentido. El 7% de deuda en default, más los intereses devengados desde el año 2001 a las tasas originales de los bonos, implica mucho dinero como para ser cancelado en efectivo. Tarde o temprano los demandantes deberán comprender este punto. Por supuesto el problema es que, según trascendió, algunos de ellos han comprado CDS y entonces pueden apostar a un nuevo default sin interesarles necesariamente cobrar las sentencias.
Primera determinación: "fórmula de pago"
cFórmula Griesa: el 100%, todo junto y ahora.
En caso de que el panel de los jueces Pooler, Barrington y Raggi (o una mayoría del mismo) tenga en mente la fórmula de Griesa, entonces reafirmarán el fallo de dicho juez de fecha 21 de noviembre de 2012, en el cual ordenó pagar el total de la sentencia en un solo pago. Un fallo de esta naturaleza sería el peor escenario para la Argentina y estaría basado en que los bonos originales se encuentran acelerados y se debe el total del capital , mientras que los montos adeudados bajo los bonos reestructurados serían los del canje.
cEl 100% en efectivo, pero escalonadamente .
Conforme esta opción, el panel ordenaría igualmente que la Argentina debería pagar el total del monto reclamado bajo la demanda, pero no en un único pago, sino escalonadamente en las fechas de los pagos de los bonos canjeados. Éste sería el segundo ejemplo mencionado por el propio panel de la Cámara de Apelaciones en su fallo del 26 de octubre de 2012, lo que en términos prácticos implicaría hacerlo en fechas promedios de los vencimientos de los bonos pares, de descuentos y globales emitidos en 2005 y 2010.
c"Pari Passu a Cuenta"
Según esta posibilidad, el panel reconocería el monto total de la sentencia pero solo ordenaría pagar mediante las medidas cautelares las mismas sumas que Argentina abona bajo los bonos canjeados, es decir, de una manera fraccionada. Según esta posible decisión, el saldo no quedaría extinguido legalmente pero no tendría el beneficio del embargo de las sumas que pasen por Bank of New York y entonces los litigantes deberían buscar otros activos para embargar.
cPari Passu con Equity
El panel solo reconocería que debe abonarse el monto de los bonos canjeados sobre la base de una combinación de la aplicación de la cláusula pari passu con principios de equidad, reinterpretando la cláusula mencionada en el sentido que debe entenderse que implica igualdad de pago (no pagos mayores) y que la equidad además indica que unos acreedores no pueden cobrar mas que otros en una situación de stress de deuda soberana.
cPari passu con Cram-down
En este caso, el resultado sería similar al caso anterior pero sobre la base que deben aplicarse cláusulas de acción colectiva de manera retroactiva o implícita ya que esto sería lo mejor para los mercados internacionales y las reestructuraciones de deuda futuras.
cEquity: pedido de "capacidad de pago"
Eventualmente, el panel podría abrir el juicio y pedir evidencias vía Griesa sobre la real capacidad de pago de Argentina a fin de luego resolver.
Segunda determinación: medida cautelar sobre BNY
Este segundo punto de la sentencia es quizás la "batalla principal" en razón que más allá del monto a pagar y cuándo (100% o sumas de bonos canjeados y en un pago o varios), dichas reclamos tendrán o no ejecutabilidad dependiendo lo que se resuelva con respecto a las medidas cautelares sobre Bank of New York.
c"Fallo efectivo"
En este caso, el panel ratificaría el fallo de Griesa del 21 de Noviembre, en el cual "embargo al mundo" conforme la defensa argentina, y dejaría el asunto en situación de inminencia de incumplimiento, aunque con posibilidades firmes de apelaciones concretas, incluyendo a la Corte Suprema de Estados Unidos. El problema de las medidas cautelares es que se traba no sólo al BNY sino también a la agencia depositaria (DTC), los custodios y todos los que participen de la cadena de pagos, lo que complica (pero no necesariamente bloquea) un canje hacia Europa o Argentina (requerirá una ingeniería legal muy sofisticada). También el fallo podría ordenar que la medida cautelar sólo alcance a las montos que deben pagarse a favor de los bonos canjeados (pari passu a cuenta).
c"Fallo abstracto"
En este caso, el panel dejaría sin efecto la medida cautelar y permitiría el pago normal de los bonos canjeados. En este escenario el fallo sobre la fórmula de pago no sería ejecutable y quedaría una apelación por parte de los demandantes.
(*) Estudio Garrido


Dejá tu comentario