Avanzó la baja de conflictividad en el sistema de ART a partir de la adhesión de 10 provincias que concentraban el 85% de la litigiosidad a la nueva ley de Riesgos del Trabajo. De acuerdo con el análisis de la Unión de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, desde la sanción de la nueva norma, a comienzos de 2017, "se sucedieron una serie de fallos judiciales que fueron avalando dos aspectos fundamentales como son la constitucionalidad de las Comisiones Médicas, que constituyen el paso previo y obligatorio para determinar una incapacidad o zanjar cualquier divergencia; y la efectiva utilización del Baremo".
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El Baremo es la tabla de Evaluación de Incapacidades, el instrumento mediante el cual se tabulan los daños permanentes que son producto de un accidente de trabajo. El fallo fue dictado por la Suprema Corte de Mendoza, que en el caso "González Juan José c/ Asociart" resolvió la aplicación adecuada del Baremo de ley. "Además de desestimar la incapacidad psicológica solicitada, la Corte reduce el porcentaje de incapacidad determinado en la pericia oficial del 44% al 11,7% y ordena la aplicación correcta del RIPTE siguiendo el fallo Espósito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", dice la UART.
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