- ámbito
- Edición Impresa
Consecuencias del planteo judicial buitre
Asimismo, la «reinstalación» de la medida cautelar tuvo el efecto de postergar los plazos judiciales más de tres meses ya que el cronograma vigente de presentaciones y audiencias concluye el 27 de febrero de 2013 y desde ese día la Cámara tendrá aproximadamente algunas semanas para emitir su sentencia. Los demandantes plantearon en su escrito que dicha medida de no innovar quede supeditada a que la Argentina deposite una fianza judicial ante la Cámara de Apelaciones por el total del monto reclamado o bien por una parte del mismo. La porción es de u$s 250 millones y equivale a pagos por el 8% de la deuda reestructurada que la Argentina tiene previsto realizar durante diciembre. Esto es precisamente pretender cobrar el total escalonadamente. Y como alternativa, el escrito dice que si el tribunal de apelaciones no exige a la Argentina este depósito, pide que adelante los pasos procesales pendientes para diciembre, es decir, busca acortar los tres meses a dos o tres semanas. El escrito es de emergencia y por lo tanto se espera que la Cámara responda rápidamente. Frente a esta urgencia el Gobierno debería presentar también un escrito de emergencia buscando contestar las argumentaciones de los demandantes.
Argumentación
Los argumentos utilizados por los demandantes se basaron en distintos planteos que citaron de distintos representantes del Gobierno en el sentido que no cumplirán las sentencias, que estarían considerando distintas alternativas con respecto a modificar el lugar de pago de los bonos o bien canjear los mismos por bonos bajo ley argentina y en anuncios que no se harán canjes salvo que la Cámara de Apelaciones falle a favor de la postura argentina. Particularmente dice el escrito que si el Gobierno en estos meses cambia la jurisdicción de pago o directamente la aplicable a los bonos, no existirá dinero que sería transferido vía Nueva York en los próximos pagos y entonces en caso de que los demandantes obtengan una sentencia favorable, la misma sería de cumplimiento imposible. Agregan que el depósito de u$s 250 millones no afectaría las reservas del Banco Central y que demostraría voluntad de cumplimiento judicial del Gobierno. Piden que el depósito sea efectivizado antes del 10 de diciembre.
Con respecto a los próximos pasos y posibilidades, entendemos que el Gobierno debería presentarse inmediatamente respondiendo los planteos. Asimismo, la Cámara de Apelaciones puede: (I) rechazar la moción por aspectos procesales o bien porque confía en que la Argentina cumplirá con la sentencia en caso que la misma no le sea favorable o bien, en menor medida aun, porque (la cámara) considere preliminariamente que no habrá sentencia contraria a la Argentina), (II) pedir una nueva declaración jurada a funcionarios argentinos en el sentido que se cumplirán dichas sentencias para el caso de que las mismas no le sean favorables, u (III) ordenar a la Argentina el depósito de la fianza judicial reducida. Por oposición, medidas más extremas serían el depósito de la fianza completa o la aceleración de los plazos procesales para resolver la cuestión durante diciembre.
(*) Abogado Estudio Garrido.


Dejá tu comentario