24 de septiembre 2014 - 17:47

Corte insiste en la puja con ANSES por jubilados (y retoca fallo clave)

• Nuevo cruce con el organismo previsional.
• Consensos finales para resolver causa de buscadores.

Carlos Fayt
Carlos Fayt
La Corte Suprema de Justicia revocó ayer una sentencia del fuero de la Seguridad Social que era favorable a la ANSES. El ente previsional había obstaculizado el acceso a la jubilación que inicialmente había otorgado a una persona que, sin aportes, ingresó en un plan de cuotas para suplir esa carencia.

El máximo tribunal sostuvo que con esta modificación ANSES había dejado de cumplir "en forma unilateral e intempestiva el beneficio ya acordado". En efecto, la ANSES desconoció el compromiso asumido al otorgarlo sin que hubiera mediado acto jurídico revocatorio, y lo hizo aplicando normas que ya estaban vigentes en el momento de la concesión que la misma ANSES no había considerado. La resolución tuvo la firma de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda.

El eje del fallo es que la ANSES en diversos casos resuelve por su vía administrativa y no concede a los jubilados la posibilidad de la defensa. La resolución complementa el fallo de este año en el cual la Corte habilitó a todas la cámaras del país a aceptar causas que antes estaban centralizadas en el fuero de la seguridad social. El mensaje implícito de ambos textos es similar: el ente previsional debe prepararse para un nivel cada vez mayor de litigiosidad.

Para tener en cuenta: recientemente, en un encuentro de la Junta Federal de Cámaras, Lorenzetti recordó que la ANSES tiene demorados más de 1.000 trámites jubilatorios de jueces.

El acuerdo de ayer, nuevamente sin Enrique Petracchi, abordó otras cuestiones igual de sensibles. El Cuerpo Médico Forense se expidió en una causa en la cual la Corte debía revisar una sentencia de la corte neuquina que avalaba la desconexión de una persona en estado vegetativo. El caso, por motivos predecibles, genera cierto resquemor en la Iglesia Católica. El resultado de la pericia médica (fuertemente impulsada por Fayt y Raúl Zaffaroni) es que dicha persona registra mínimos grados de conciencia, con lo cual el debate parece haber llegado a su fin, al menos por ahora.

En un ámbito totalmente distinto, la Corte ya tendría los votos necesarios para pronunciarse sobre el llamado "derecho al olvido", que habilita a los usuarios de internet a editar la información que los buscadores brindan sobre sus personas. Los abogados locales del gigante Google ya han comenzado a especular con una sentencia similar a la de la Corte Europea de Luxemburgo, que les dará más poder a los usuarios y que, en paralelo, implicará reclamos provenientes de los medios de comunicación que podrían ver modificados sus contenidos en la red.

La clave de este debate pasa por normas que en su momento ni siquiera concebían aplicarse a un fenómeno como internet. Por eso la Corte debe acudir a principios generales del derecho. A nivel constitucional, el debate es sobre si el artículo 32 de la Constitución, de libertad de imprenta, se hará extensivo a los medios digitales. A partir de aquí se abren dos perspectivas: los originalistas versus los contextualistas. Los primeros alegan que la Constitución debe interpretarse tal como el constituyente y si hay una cuestión que el constituyente no imaginó hay que ser deferente con el criterio del legislador. En cambio, un juez contextualista interpretaría en forma dinámica el texto para aplicarlo a la época. La Corte Suprema, por tradición, se enrola en este último grupo. Más allá de las teorías, como en toda causa de este nivel de intereses, la política no se queda quieta: basta con observar los comentarios que ayer Sergio Massa emitió en las redes sociales desde las oficinas de Facebook, en California. El diputado del kirchnerismo disidente pidió terminar con las barreras que limitan la libertad de expresión. Un mensaje muy diseccionado justo cuando en el cuarto piso de la calle Talcahuano ajustan la rúbrica final.

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