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Crean registro de operadores de telefonía móvil
Julio De Vido
Así lo estableció el decreto 2426, que también indicó que Ar-Sat deberá presentar un plan técnico y económico que aprobará el Ministerio de Planificación. En la misma norma se introduce el concepto de operador móvil virtual, definiendo a éste como el interesado en brindar servicios de telefonía móvil y que no posea frecuencias asignadas del espectro radioeléctrico.
Para la prestación del servicio el interesado deberá contratar frecuencias con Ar-Sat, contar con licencia de servicios de telecomunicaciones y el registro de operador móvil virtual. Según el decreto, «los prestadores de telefonía móvil serán responsables ante sus clientes por la prestación del servicio, por lo que se hacen pasibles de aplicación del régimen sancionatorio respectivo». También indicó que la Autoridad de Aplicación podrá dictar «los actos de aplicación e interpretación que estime pertinentes».
La norma también faculta a la Secretaría de Comunicaciones a dictar las regulaciones vinculadas a la interconexión de redes. El proyecto del Gobierno es que Ar-Sat arriende frecuencias a cooperativas telefónicas del interior y pymes.


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