26 de diciembre 2008 - 00:00

De la retórica laboral al realismo para superar la crisis

Si tuviéramos que precisar en pocas palabras las características del sistema de relaciones laborales de la Argentina, no cabe la menor duda de que rigidez y centralización serían la respuesta inmediata sugerida para tal definición.
En efecto, la Ley de Contrato de Trabajo y los Estatutos Especiales, comparados con los existentes en buena parte del mundo desarrollado, muestran que no hay nada no previsto en la regulación en forma taxativa y exhaustiva y -por otra parte- hay poco para negociar colectivamente pues todo está contemplado por la ley, llegando -por ejemplo- al caso de incluir no sólo las vacaciones mínimas sino las que corresponden de acuerdo con cada uno de los niveles de antigüedad, aspectos que en otras latitudes son el producto de la negociación donde se produce un «intercambio» entre ganancias por productividad y niveles salariales contra los costos implícitos de los beneficios laborales reconocidos, todo ello en el contexto indiscutible de que no estamos mencionando los derechos humanos laborales fundamentales -que damos por descontados- sino aquellos que se han dado en llamar el «imperio de lo disponible», es decir, lo que está por encima del «piso» laboral (social floor).
Por su lado, toda la regulación colectiva ha sido estructurada desde y para el sindicato con personería gremial, con prevalencia de la negociación colectiva única por rama de actividad y computando el efecto erga omnes, es decir, la extensión del convenio a empresas y trabajadores que aunque no pertenezcan al sindicato o a las organizaciones empresarias signatarias de dicho convenio, les es aplicable éste.
Sumado este poder centralizado de negociación al enorme factor de «control social» que implica que el sindicato signatario del convenio colectivo sea el titular de la obra social, es decir, quien administra la salud de los trabajadores y sus familias, lo cierto es que ello explica -en gran medida- la fuerte influencia sindical en la realidad política, económica y social de nuestro país.
Volviendo al campo de la normatividad, dicho «espíritu protectorio» no ha impedido dos efectos:
El primero es el de la informalidad, derivada de la imposibilidad de cumplimiento de muchas «utopías legislativas» que se constatan en la gran cantidad de proyectos que hoy están en tratamiento en el Congreso de la Nación, los que constituyen un agravamiento de la carga burocrática para la empresa, pérdida de poder de dirección o mayor costo laboral.
El segundo es la reacción anómica que produce una regulación cuando ésta no tiene en cuenta ni las circunstancias propias del empleo (máxime cuando más del 90% de la ocupación en la Argentina en el sector privado es de pequeña empresa), ni las formas modernas de organización del trabajo que resisten parámetros rígidos que obstaculizan la organización de la producción.
Divorcio
En efecto, si nos atenemos a las cifras que hoy existen en materia de empleo e informalidad en el país y tomamos en cuenta la experiencia internacional sobre el tema, se percibe claramente que hay un tremendo divorcio en nuestro medio entre la norma y la realidad, entre las leyes que rigen al empleador del sector formal de la economía y la aludida anomia que caracteriza al empleo informal.

Lo lógico sería reflexionar

-antes de promover cualquier mayor regulación sobre el trabajo formal- sobre cuál es el camino para estimular la formalización de las relaciones laborales, pues no sólo en Latinoamérica, África, Asia- las economías se desenvuelven predominantemente en la informalidad en porcentajes superiores al 50%, mientras toda la carta tributaria, registral y laboral pesa exclusivamente sobre el sector formal.
Como contrapartida surge la pregunta de si el universo de los trabajadores formales es relativamente reducido (pues hay casi un 40% de informales), ¿qué se pretende con estos proyectos y este «modelo» legislativo? y, en todo caso, aún para los que tienen un empleo formal, ¿realmente mejoran la calidad de vida o de trabajo de los asalariados? Tampoco está claro si de esta manera se responde a una preocupación genuina de los trabajadores, pues normalmente sólo encontramos estos temas o supuestas «conquistas» en los proyectos legislativos, cuando son articulados o reivindicados en la negociación colectiva.
Hoy que la crisis financiera está mostrando en el mundo serios problemas para la producción y el empleo, es decir, afectando a la «economía real», hace falta más que nunca pensar con realismo cómo proteger al trabajador y a su familia promoviendo su contratación formal y una buena red de protección social y formación profesional, donde la formalización sea la lógica consecuencia, de un modelo de relaciones laborales adaptado a las necesidades de la producción y con una fiscalidad que pueda ser soportada por la pequeña empresa, especialmente aquella intensiva en mano de obra.
Por ello, no es la hora de prohibir los despidos o amenazar con agravamientos indemnizatorios aunque fueren más retóricos que efectivos, puesto que el corte de cadena de pagos y la iliquidez del sistema productivo convierte en remota la posibilidad de percibirlos, sino de construir consensos para devolver credibilidad a los mercados, estimular la creación de empresas y de empleo y, con ello, propender efectivamente al crecimiento económico con bienestar social.

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