5 de agosto 2016 - 00:00

Fallo dice que gas no se aumenta hasta que decida Corte (ni 400%)

La resolución le concedió la apelación al Gobierno, pero no suspende freno judicial al tarifazo.

Ricardo Lorenzetti
Ricardo Lorenzetti
 El Gobierno cosechó un nuevo fallo desfavorable relativo al tarifazo, luego del impacto de la medida cautelar que anuló el miércoles la suba en la luz. La Cámara Federal de La Plata le concedió la apelación para que el freno al gas en todo el país sea elevado a la Corte Suprema, pero por decisión mayoritaria, consideró que no debían suspenderse los alcances de su propia decisión del 7 de julio pasado, con lo que mientras se tramite el recurso en la Corte, el Gobierno no podrá aplicar aumento alguno. Si bien la decisión final la tendrá el máximo tribunal, que esperaba desde antes de la feria judicial que escale el pleito principal por las tarifas, la resolución de los camaristas implica el peor escenario para el Ejecutivo, que aguardaba que su apelación suspendiera los efectos del freno judicial al gas.

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata dispuso ayer hacer lugar al planteo del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad (Cepis) que -como adelantó Ámbito Financiero- pidió durante la feria judicial que se le diera al recurso extraordinario oficial carácter "devolutivo", es decir que mantenga la vigencia de su sentencia previa que anuló las Resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía. El fallo fue dividido: los jueces Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin conformaron el voto mayoritario, mientras que César Álvarez se inclinó por seguir la doctrina habitual y otorgarle efecto suspensivo al recurso extraordinario. De los tres escenarios posibles, el que eligió la Cámara fue el peor para el Gobierno. Si los jueces hubiesen rechazado la apelación, el Ejecutivo hubiera ido -con razón- en queja a la Corte. Apenas aceptara la queja, el fallo del 7 de julio caería. Si considerara el procedimiento habitual, los camaristas suspenderían su propia sentencia mientras se tramitaba el recurso en la Corte. Pero esto habilitaría al Gobierno a dar una contraorden, y eventualmente, le permitiría aplicar el nuevo tope del 400%, cuya vigencia no fue suspendida judicialmente solo porque el Ejecutivo aseguró que había instruido al Enargas a no modificar la tarifa mientras fuera objetada por la Justicia. En rigor, un fallo con carácter suspensivo liberaría las manos al Gobierno para que hasta una resolución final aplicara subas. Así, la Sala II blindó su decisión de avatares administrativos.

"Hemos de tener en cuenta que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha afirmado que ´la apelación extraordinaria puede otorgarse con efecto devolutivo'", afirmó Schiffrin. Deslizó además que hubo antecedentes similares sobre una medida cautelar que beneficiaba al Grupo Clarín en 2012. "Ante la incertidumbre y confusión general en que nos debatimos en la actualidad sobre el punto de las tarifas de gas, si en el período en que estuviera suspendida la sentencia de esta Sala y pendiente el recurso ante la Corte Suprema, se emitieren nuevas facturas, para después retomar la situación previa, se afectaría el pleno ejercicio de la jurisdicción de la Corte Suprema, puesta frente a hechos cumplidos de difícil reversión", consideró el camarista platense, una de las claves del fallo. "No es ajeno a la función judicial velar por el mantenimiento de la paz social", puntualizó sobre la posibilidad de que la Corte que preside Ricardo Lorenzetti termine coincidiendo con el freno al tarifazo.

Calitri aseguró que el "caso" que ya está siendo girado a la Corte era "de excepción". Retomó parte del fallo de primera instancia referido a la necesidad de convocar a audiencias públicas, el denominador común de todos los fallos adversos que tuvo el Gobierno. "La suspensión del pronunciamiento dictado por este Tribunal importaría la conculcación de principios de raigambre constitucional (...) tales como el acceso a la Justicia, el resguardo de sectores más vulnerables, el derecho a contar con una vía efectiva y expedita en tutela delos derechos de quienes así lo peticionan y obviamente, hacer cesar el estado de incertidumbre que existe en la actualidad entre consumidores y usuarios del servicio de gas". "Llevar adelante las audiencias sin volver previamente al cuadro tarifario del mes de marzo, implicaría una contradicción insoluble", consideraron ambos jueces, en una fuerte crítica a la posición oficial.

Es probable que el tarifazo entre en un impasse, sin tiempos de resolución para la Corte. Su tratamiento comenzará de inmediato, pero es probable que no sea una Corte de cuatro miembros la que decida, sino una con integración completa.

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