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Fiscal Campagnoli reclamó nulidad de suspensión
"No existió una mínima sustanciación de las actuaciones, no se me permitió sugerir pruebas y no se produjo ninguna de oficio, ni siquiera se consultaron o tuvieron a la vista los expedientes judiciales en los que se afirmó que incurrí en irregularidades de mal desempeño", sostuvo Campagnoli en el escrito.
Según señaló el suspendido fiscal, tampoco se aceptó "ser oído" ni se respetó su derecho a acceder a la imputación, tal cual surge del planteo que quedó en poder del Juzgado en lo Contencioso N° 9 a cargo de Pablo Cayssials.
Esa causa tramitó en paralelo con la investigación por lavado de dinero que tiene en su poder Sebastián Casanello, pero hace semanas la Cámara del Crimen acumuló ambas en el juzgado de este último.
"La mayor parte de las consideraciones relacionadas con mi mal desempeño evidencian meros desacuerdos acerca del modo en que debía llevarse adelante la investigación, o del contenido que debía tener un dictamen, cuestiones propias de la órbita de actuación autónoma e independiente del fiscal", sostuvo.
Además de la nulidad, Campagnoli reclamó la inconstitucionalidad del artículo 31 del reglamento del Tribunal de Enjuiciamiento que lo suspendió, en cuanto decreta que la decisión que tome éste no es apelable, así como aquella que dispone la retención del 30 por ciento del salario que recibe hasta tanto se defina si es o no removido definitivamente de su cargo.
En su planteo, Campagnoli sostuvo que el trámite en su contra fue "abusivo" y "la decisión, como quedó expuesto de manera evidente, ha relacionado ese proceso irregular y viciado con una persecución destinada a impedir que se profundicen investigaciones de hechos de corrupción que llevaba adelante".
"La opinión pública entiende que la corrupción corroe las bases del sistema democrático y que las denuncias contra altos funcionarios del poder deben ser esclarecidas pues, de lo contrario, estaremos frente a un atentado contra el régimen democrático", agregó.
La suspensión de Campagnoli fue resuelta por cuatro a tres del Tribunal de enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal y con los votos de Ernesto Krepak, Rodolfo María Ojea Quintana, Daniel Adler y María Cristina Martínez Córdoba.
Ahora, en los próximos 180 días, el mismo Tribunal deberá resolver si lo remueve definitivamente de su cargo.
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