"El sistema de riesgos del trabajo fue creado por una ley del año 95 que se implementó a partir del 96, y el nuevo sistema implicó un avance importante sobre el régimen que estaba entonces vigente. Fundamentalmente porque el sistema anterior no era obligatorio y entonces el trabajador tenía que tener la suerte de que su patrón tuviera cobertura, y en muchos casos la cobertura era sólo para el tema indemnizatorio, cuando había una incapacidad, pero no así para el tratamiento médico". Así lo señaló en diálogo con la Página del Seguro el superintendente de Riesgos del Trabajo Juan González Gaviola.
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"A partir de la implementación de la ley actual -destacó- hubo un importante avance en la accesibilidad a las prestaciones y en su universalidad, que puede ser 'en especies' -tratamiento médico cuando una persona sufre la contingencia de una enfermedad profesional o de un accidente en su trabajo o yendo hacia el mismo- y también a través de prestaciones dinerarias. Entre estas últimas hay un componente que está funcionado perfectamente bien, que es el pago de las incapacidades laborales transitorias que se generan en accidentes en donde el sistema brinda cobertura en los 10 primeros días mediante el patrón y a partir del día 10 por la ART, de forma que la persona que está sin trabajar sigue cobrando su salario en forma normal".
"En donde sí hay cuestionamientos que están llevando a que se discuta el sistema es sobre la compensación por las incapacidades permanentes -precisó el superintendente-. En este aspecto el sistema arrancó mezquino, con la filosofía de los 90 de disminuir el costo laboral a costa del derecho de los trabajadores y establecía compensaciones muy insuficientes, tanto para el pago de muerte como por incapacidades definitivas. Ello determinó una discusión en el ámbito judicial que llevó a la Justicia a admitir que el trabajador pudiera recurrir a la vía civil para lograr su cobertura, porque se daba la situación en que una lesión de las mismas características producida a un no trabajador permitía indemnizaciones mayores que a las personas que estaban trabajando. Por eso está pendiente una reforma al sistema, ya sea por ley o por actualización de los topes y las fórmulas con las que se calcula el resarcimiento".
"Las otras prestaciones del sistema son en materia preventiva -agregó-. Las ART tienen la función de asesorar al empleador, que es responsable directo, y estas acciones preventivas deberían verse reflejadas en los indicadores de siniestralidad. En la Argentina podemos exhibir algunas cifras importantes de caída de la siniestralidad, fundamentalmente en muertes, en el mundo del trabajo. En los años previos a 2007 se había logrado ya una disminución sustantiva de la siniestralidad de casi el 40%, y dentro de esa siniestralidad, una gran parte de los accidentes mortales son 'in itinere'. Pero un logro muy significativo es que en 2007-2008 en sólo un año la siniestralidad cayó un 12%. Es una cifra muy que no tiene parangón en la región. Hemos tenido también en forma concomitante una destacada disminución de accidentes que no llegan a ser mortales del 6%".
Coordinación
"Creemos que para que este sistema funcione bien -señaló González Gaviola-, al estar el poder de policía repartido necesita de una elevada coordinación. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo tiene poder de policía sobre las ART, pero el poder de policía sobre los empleadores lo tienen las provincias. Hasta hace un año y medio, la coordinación entre la Nación y las provincias era muy poca. La base de datos que maneja la Superintendencia es riquísima, porque están allí todos los accidentes que se producen en ámbito laboral y las circunstancias que los originaron, que permiten orientar las acciones de asesoramiento, de inspección y sancionatorias. Esta base de datos, así como todas las denuncias que las ART realizan por incumplimiento de sus propios afiliados de las normas de seguridad, no estaban en manos de las provincias".
"Yo creo que la coordinación es un elemento muy importante. Los accidentes, gracias a Dios, no están extendidos en la misma proporción en todos los empleadores. Nosotros tenemos prácticamente un 40% de los accidentes que están concentrados en 1% de los empleadores. Ese uno por ciento lo tenemos focalizado en un grupo especial de empresas que requieren mayor vigilancia y que antes estaban reguladas por lo que se conocía como Resolución 700, y que hoy se llaman 'empresas que registran alta siniestralidad'.
El año pasado las administraciones provinciales incrementaron 1.700% las inspecciones que se realizaron sobre este tipo de empresas. Nosotros creemos que también el grado de litigiosidad que tiene el sistema está generando un efecto sobre la prevención, al salir sentencias e iniciarse una gran cantidad de juicios. Esta concurrencia de situaciones se traduce en mejores datos de siniestralidad", agregó.
"Nosotros esperamos que esta baja en la siniestralidad se profundice fundamentalmente a través de una correcta interacción entre los actores. Nos estamos dando cuenta de que en muchos casos por el camino de la comunicación rápida se logra mucha ayuda. Hemos establecido con las ART en primera instancia un sistema de ventanilla electrónica de reclamos que permitió que reclamos que tardaban 3 o 4 años se resolvieran en días. Antes terminaban con una sanción a la ART, pero la gente seguía con su problema -que no le entregaban la silla de ruedas o una prótesis o le brindaban un tratamiento, que con la demora ya no tenía sentido brindárselo porque resultaba inoportuno-. A partir de la incorporación de elementos de ayuda tecnológica hemos logrado mejorar mucho la respuesta que da el sistema. Hoy prácticamente en la semana se resuelve la casi totalidad de los reclamos. Este mecanismo de comunicación electrónica lo estamos extendiendo a los patrones a través de un sistema que nos va a permitir tener un sistema de información que nos va a servir de alerta y para la capacitación. Ya los usamos con las ART con el tema del dengue y ahora también para la gripe A, pero va a permitir en el futuro que todos los empleadores puedan tener su casilla de correo donde puedan recibir información fehaciente. Va a demorar un año completar su implantación, que es lo que tarda la definición de los contratos.
La incorporación de tecnología de información y comunicación ha merecido un reconocimiento de la AISS, organismo internacional que nuclea a las instituciones de la seguridad social. Nos ha premiado por la incorporación de buenas prácticas en la seguridad social vinculadas con la modernización, interpretando que el organismo de supervisión tiene que hacer uso intensivo de base da datos y de todo lo que la tecnología hoy nos plantea para poder llevar adelante la acción de control y regulación en forma adecuada".
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