• INICIATIVA YA COSECHÓ RECHAZO DE 29 ONG; GIRO AL CONGRESO EN AGOSTO Mayores requisitos para las acciones de clase. Se centralizan en Capital Federal. Es tildada de inconstitucional y restrictiva por sus ejes.
Germán Garavano.
El Gobierno nacional prepara un plan para acotar las demandas colectivas y fijar pautas más estrictas para que el Estado y los privados puedan ser objeto de acciones de clase que puedan derivar en sentencias judiciales de alcance masivo. El anteproyecto ya se encuentra redactado y a la espera de ser enviado al Congreso a fines de agosto, pese a que veintinueve asociaciones no gubernamentales ya plantearon oposición a sus principales ejes y reclaman al Ministerio de Justicia para que no lo impulse. En sus trazos gruesos exige mayores requisitos para quienes pretendan iniciar presentaciones ante la Justicia; impone agotar vías administrativas antes del recorrido en tribunales; presupone la imprescindible existencia de un "caso" y centraliza en la Capital Federal la mayor parte de los reclamos que puedan apuntar tanto al Estado como a las empresas domiciliadas en territorio porteño. En su defensa la cartera que conduce Germán Garavano subrayó que la sociedad civil pudo ejercer su participación a través del portal del Programa Justicia 2020 que recoge las opiniones y sugerencias sobre todos los proyectos de ese paquete.
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Basado en un reclamo de la propia Corte Suprema que exhortó a la legislación en materia de procesos colectivos, el plan oficial avanzó en la redacción de un anteproyecto que será discutido en el Congreso este mismo año y a partir del mes próximo. En la mira de la Casa Rosada están los asuntos previsionales, laborales y de tarifas. Además de considerar que se deben agotar las vías administrativas antes de iniciar un reclamo ante el Poder Judicial, impone la necesidad de demostrar un "caso" donde se haya afectado un derecho de alcance colectivo, que -tal como sucede hoy- debe ser delimitado bajo las condiciones de que esa representación impediría acceder a la Justicia de manera individual para reclamar por esa afectación. La diferencia es que ya no podrán tratarse cuestionamientos abstractos o previos a que se genere el daño que supuestamente se alega en una demanda.
En el articulado se prevé mayores estándares para obtener la "legitimación" como demandante, con el agregado de que es preciso demostrar "idoneidad" para hacerlo. Se señalan "capacidad y experiencia" en la materia, antecedentes en "defensa colectiva" y "conocimiento" sobre el aspecto que va a ser objeto del juicio. Todo deberá ser evaluado por el juez al momento de dar curso o no a la presentación. A todo esto se le suma un apartado para la "representatividad" de las organizaciones que se erijan como defensoras de un colectivo, las que deberán cumplir con el registro en sus estatutos de esa posibilidad de litigar y tengan "coincidencia de intereses" con los que pretendan representar. Este punto, aunque restrictivo, tiende a evitar el denominado "paracaidismo judicial" y busca que organizaciones civiles de cualquier índole reclamen por otros rubros distintos al objeto de su creación. Un polémico parámetro excluirá a las que no tengan dos años de antigüedad desde su creación y no cuenten con dos estados contables aprobados.
Otro de los ejes es el que señala a la "Justicia ordinaria" como la que debe tramitar los juicios, salvo que se trate de una cuestión "federal". Si es así, el domicilio de arraigo de la demandada es el que definirá qué juzgados intervendrán. El resultado será que la Justicia con asiento en la Capital Federal concentrará las de mayor incidencia. El Contencioso Administrativo Federal es el que picó en punta para absorber la mayor cantidad de demandas, aún sin esta nueva ley. Tampoco se contempla que se permita recusar "sin causa" al juez que resulte asignado.
Otra de las polémicas las genera la posibilidad de dictar medidas cautelares. La iniciativa profundiza el legado kirchnerista que dejó la Ley de Cautelares, reformada con el objetivo de que sea en territorio porteño donde se definan las posibles medidas cautelares contra el Estado o sus entes descentralizados. Eso también se extendería a los privados (con la posibilidad de gozar de 5 días para emitir opinión), algo que disparó la alarma de las ONG que firmaron un comunicado con sus objeciones a los aspectos medulares de la reforma. Desde ACIJ a Poder Ciudadano, pasando por Aldeas Infantiles SOS, Fundación Huésped y Consumidores Libres exigieron que no se la lleve al recinto por limitar el uso y la efectividad de las acciones colectivas.
Adujeron que ninguno de los históricos fallos de la Corte de alcance masivo podrían haberse gestado de haber estado vigente esta normativa. La tildaron de inconstitucional, por violar la amplia legitimación de los demandantes, dar discrecionalidad a los jueces para rechazarlas (de manera inapelable) y consentir que sea la Capital la que centralice tanto las demandas contra el Estado como contra las empresas, que suelen tener domicilio asentado en Buenos Aires, aun cuando la afectación sea en otra latitud. El punto de la "conexidad" que tendrán todas las demandas con un objetivo similar -según voces oficiales- apunta a ordenar el panorama de demandas que hoy existen. Pero también implica un solo canal para el trámite, lo que, en la experiencia, limita su posibilidad de éxito.
La derogación del artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor y la amenaza con pagar "costas" a los demandantes, más allá de los gastos en publicidad y notificación fue otro de los puntos que hizo poner el grito en el cielo a las ONG. El Gobierno está confiado en poder dar la batalla en el Congreso y en cumplir con una manda que la propia Corte señaló como necesaria.
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