18 de agosto 2023 - 00:00

Habilitan el secuestro del celular de Milman en causa por atentado contra la vicepresidenta

Gerardo Milman
Gerardo Milman

La Cámara Federal porteña habilitó ayer el secuestro del celular del diputado nacional de Juntos por el Cambio (JxC) Gerardo Milman, una medida que había sido solicitada por la querella de la vicepresidenta Cristina de Kirchner y por la fiscalía en la causa en la que se investiga el intento de magnicidio de la titular del Senado ocurrido el 1 de septiembre pasado.

El tribunal de apelaciones decidió, por mayoría, revocar la decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti, y habilitar la medida, aunque ahora deberá sortearse otro escollo: por la ley de fueros se necesitaría autorización de la Cámara de Diputados. La expectativa de que pueda hallarse información útil para la causa en el teléfono de Milman es muy baja, entre otras cosas por el tiempo transcurrido desde el hecho, reconocieron los abogados de la querella cuando se hizo la audiencia para reclamar que de todas formas se realizara.

Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, quienes votaron por autorizar la medida, demarcaron que “la extracción de información del teléfono en cuestión deberá limitarse a un acotado y prudente lapso temporal -abarcado desde el 1 de julio de 2022 al 10 de mayo de 2023-”, según surge del fallo al que accedió esta agencia.

La búsqueda de información en el teléfono de Milman deberá “enmarcarse estrictamente al análisis del contenido relevante en torno a los hechos ventilados en la presente causa, debiendo preservarse toda aquella información que no guarde estricta relación con el caso”, enfatizaron. Para ello -explicitaron- ,“se deberá asegurar que, ni bien se produzcan los primeros resultados de las diligencias, esa información sea recibida únicamente por el juzgado, a los efectos de que la magistrada esté en condiciones de determinar cuáles datos son ajenos al legajo -imponiendo su eliminación- y cuáles sí pueden ser destinados a la actividad de los auxiliares de la Justicia y al conocimiento de todas las partes legitimadas”.

La denominada “pista Milman” se inauguró el 23 de septiembre pasado: esa tarde un asesor del Frente de Todos en la Cámara de Diputados, Jorge Abello, se presentó ante la jueza Capuchetti y dijo que había escuchado al legislador opositor referirse al atentado antes de que ocurriera.

“El secuestro del aparato celular del diputado Milman encuentra debida motivación en los fundamentos expuestos por el Ministerio Público Fiscal que tornan admisible dicha medida en consonancia con la hipótesis delictiva investigada en autos. Sin perjuicio del resultado que han arrojado las diligencias llevadas a cabo hasta el momento, resulta dirimente a los efectos de agotar esta vía investigativa descartar toda mínima situación de incertidumbre al respecto”, sostuvieron Bruglia y Bertuzzi.

“Ya hemos dicho (en resoluciones anteriores) que la trascendencia institucional que reviste el atentado a la vicepresidenta de la Nación impone como deber jurisdiccional extinguir cualquier duda con relación a cada uno de los indicios incorporados al expediente, resultando ello el camino adecuado para dar respuesta a la víctima, la sociedad en general y al propio diputado, quien reviste el derecho a que se desestime de manera certera la versión sobre sus presuntos dichos y toda posible injerencia en los hechos”, enfatizaron los jueces.

El tercero de los jueces que integran la Sala I de la Cámara Federal porteña, sin embargo, opinó que no había material probatorio suficiente que habilitara a avanzar con una medida como la que pedían los abogados Marcos Aldazabal y José Manuel Ubeira y el fiscal Carlos Rívolo.

“No hay prueba alguna que me permita -siquiera con el grado de provisoriedad propio de la etapa- dar credibilidad al testimonio de Jorge Abello, no encuentro un indicio claro, preciso y concordante con el resto de la prueba que habilite una injerencia mayor en la privacidad de personas que no se encuentran formalmente imputadas en estas actuaciones, como lo es el diputado Gerardo Milman”, sostuvo el juez Mariano Llorens.

“No pierdo de vista la gravedad del delito investigado, y sus consecuencias institucionales, como muchas veces hemos destacado desde esta Sala. Pero ello no puede -por sí solo- justificar una invasión a la privacidad que carece de apoyo probatorio y solo encuentra respaldo en una hipótesis que carece de sustento formal”, argumentó.

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